La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña ha absuelto a tres policías locales de Güímar de un presunto delito de lesiones a un hombre que dijo haber recibido unas patadas y puñetazos que no fueron probados.
Según consta en la sentencia del caso, "el día 10 de febrero de 1997, los agentes locales patrullaban en un coche por uno de los barrios, cuando se percataron de que un vehículo que circulaba tenía una orden de localización por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico. Los agentes procedieron a detener al conductor y le comunicaron que iban a disponer el precinto del vehículo por estar requerido por la Agencia Tributaria, a lo que su dueño contestó con insultos, dándose a la fuga y siendo interceptado, poco después, por otro coche patrulla del cual se bajo un agente e intentó abrir la puerta de dicha furgoneta a través del cristal de la puerta del conductor, que se encontraba bajando, pero reemprendió la marcha sin dar posibilidad de que el agente retirara su brazo".
Luego, una vez se detuvo la furgoneta, mientras un policía dirigía el tráfico, su compañero se acercaba al vehículo y el segundo agente, al abrir el conductor la puerta, cayó junto al tercer agente al suelo, no se sabe en qué posición, limitándose el segundo policía a coger por un brazo al conductor y proceder a esposarlo siendo trasladado a la Comisaría, y de ahí a un centro médico para el habitual reconocimiento tras cualquier detención. Poco después, al quejarse el detenido de un fuerte dolor en el hombro fue trasladado en una ambulancia de Cruz Roja a un centro hospitalario de esta Capital diagnosticándole "fractura de luxación de cabeza de húmero izquierdo que tardó en curar con impedimiento 192 días, necesitando intervención quirúrgica para reducir la fractura, quedándole una limitación de movilidad del hombro izquierdo, atrofia deltoides y cuello y hombro dolorosos".
La acusación particular retiró los cargos contra dos de los tres agentes, inculpando sólo al que había esposado a su cliente, aunque, según el texto legal, "no resulta probado que en la causa y el resultado de tales lesiones hayan tenido ninguna participación ni influencia alguna la acción del otro acusado, que se limitó a esposar al conductor".
Antonio García López de Vergara, abogado defensor del único agente que quedaba acusado del hecho, mantuvo siempre la petición de libre absolución.
Por su parte, el Ministerio Fiscal, al elevar a definitivas sus conclusiones, calificó los hechos como constitutivos de un delito de lesiones y solicitó para el agente que esposó al conductor un año de prisión, inhabilitación para el cargo, y una indemnización de 120.202 euros por las secuelas.
La acusación particular pedía tres años de prisión y una indemnización de 150.253 euros, haciendo responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de Güímar. Respecto a los otros dos inculpados retiró la acusación.
Según la Sala, los hechos no son constitutivos de un delito de lesiones y el dolor que dijo que sufría el conductor hace pensar que la padecía, tal y como manifestó la defensa.
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