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La acusación pide 17 años de prisión por violar a su ex pareja, protegida por una orden

Juan Manuel D.P., de 53 años de edad, está acusado como presunto autor de una agresión sexual a su ex novia, con la que tiene un hijo en común, bajo amenazas e intimidándola con una navaja. Los hechos sucedieron el día 5 de noviembre de 2005 en Arafo. El procesado permanece detenido.
15/feb/07 03:05
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KAREN BENCOMO, Tenerife

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife celebró ayer una vista oral por la que se juzgó a Juan Manuel D.P., de 53 años, por los delitos de malos tratos, amenazas, violación y una falta de vejaciones injustas. Hechos que sucedieron el día 5 de noviembre de 2005 en Arafo.

El fiscal solicitó una pena total de 14 años de prisión, repartidos en un año por los malos tratos, otro por amenazas y 12 por el delito de violación. Asimismo, la acusación particular pidió al tribunal un total de 17 años: uno por malos tratos, tres años por el delito de amenazas y doce por violación. En este sentido, la letrada contabilizó un delito más, consistente en el quebrantamiento de medida cautelar, por lo que solicitó otro año más.

Por último, la defensa solicitó la libre absolución para su representado.

Según el escrito del fiscal, el procesado, conocedor de la existencia y vigencia de una orden de alejamiento hacia su pareja en un radio de 500 metros, sobre las 9:15 horas del día 5 de noviembre de 2005, entró en un bar situado en la carretera La Cumbre de Arafo, donde se encontraba la víctima, J.D.L., con quien había mantenido una relación sentimental y de convivencia durante 12 años, teniendo en común un hijo de 10 años. La mujer, en ese momento, estaba acompañada de una amiga, y aún a sabiendas de la existencia de la medida, Juan Manuel exigió a la víctima que saliera fuera del establecimiento, a lo que ésta accedió para evitar un escándalo.

Una vez en el exterior, tras preguntarle por el hijo y contestarle ésta, el procesado, con ánimo de ofender y de atentar contra el sosiego de J.D.L., se abalanzó sobre ella, la cogió por el pelo y, tras insultarla, la amenazó: "Te voy a cortar el cogote, de hoy no pasas. Si no eres para mí, no eres para nadie". Acto seguido, el hombre sacó una navaja que llevaba encima y le pinchó en el costado izquierdo, al mismo tiempo que la agarró y se la llevó hasta su vehículo, que estaba aparcado en la misma calle.

Exhibiéndole la navaja en todo momento y dándole empujones, Juan Manuel obligó a la víctima a subir a su vehículo, y una vez que ambos estaban en el interior, el procesado arrancó a toda velocidad dirigiéndose a la parte alta de una carretera de La Cumbre.

Una vez en el barrio de Araya de Candelaria, tras haber recorrido unos 4 ó 5 kilómetros, el hombre paró su vehículo en un descampado, obligó a la mujer a apearse del vehículo y, poniéndole la navaja en el cuello de ésta, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, y encontrándose ambos en el suelo, la penetró vaginalmente, al tiempo que mordió a J.D.L. en el pecho derecho haciéndole daño, teniendo que jurar ésta al procesado que no estaba con nadie. Una vez consumado el acto sexual, el procesado obligó a la víctima a subir nuevamente al vehículo, dirigiéndose al bar, tras lo cual Juan Manuel se fue.

Minutos después, llegó al establecimiento una patrulla de la Guardia Civil que había sido avisada por la amiga de la mujer.

Sobre las 11:15 horas de ese mismo día, y cuando la mujer se encontraba en las dependencias de la Guardia Civil de Güímar prestando su declaración, recibió unas cuatro llamadas a su teléfono móvil, realizadas por el procesado, en una de las cuales le dijo: "Quiero hablar contigo. Dónde estás que quiero verte". Conversación que fue oída por los agentes que elaboraron el atestado.

El procesado está privado de libertad por esta causa desde el día 7 de noviembre de 2005.

Antecedentes penales

Juan Manuel D.P. está ejecutoriamente condenado por una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 8 de septiembre de 1996, por un delito de violación -acto delictivo que realizó a su primera mujer-, en la que se le impuso una pena de 12 años y un día de prisión.

Durante la vista oral, el procesado negó en todo momento los hechos anteriormente narrados y manifestó que "ella se subió sola al coche, sin que yo la amenazara. La relación sexual fue totalmente consentida y no la obligué a nada". Igualmente dijo que era su ex pareja la que siempre le llamaba para verse y estar juntos. Por otro lado, la víctima, apuntó que "me acosté con él porque estaba bajo sus amenazas. Fue él quien, con una navaja, me obligó a subir al coche". Esta declaración fue corroborada por su amiga.

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