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El Tribunal Supremo da diez días a ASB para que demuestre que no es Batasuna

La inscripción del nuevo partido en el registro del Ministerio del Interior queda en suspenso hasta que resuelva el alto tribunal. Tanto la Fiscalía General del Estado como la Abogacía del Estado consideran en sus respectivas demandas que la formación es "continuadora y sucesora" de la disuelta formación abertzale.
4/abr/07 18:53
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COLPISA, Madrid

El Tribunal Supremo (TS) ha concedido a la formación Abertzalen Sozialisten Batasuna (ASB) un plazo de diez días hábiles para defenderse ante las demandas de ilegalización interpuestas por el Gobierno y la Fiscalía General del Es- tado y aportar pruebas de que no es un apéndice de Batasuna. El TS emplazó a los promotores del nuevo partido a responder a esa acusación después de que el abogado del Estado y el fiscal general entregaran en el registro sus escritos, en los que califican a esa formación de "sucesora" de Batasuna y piden su disolución en aplicación de la ley de partidos.

El TS inició ayer mismo el trámite de ejecución de la sentencia del 27 de marzo de 2003, por la que la sala especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ordenó disolver Batasuna, sus viejas marcas electorales -HB y EH- y toda organización aspirante a sucederla. Poco después de que el presidente del alto tribunal, Francisco Hernando, que también preside la llamada "sala del 61", tomara conocimiento de los escritos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, ordenó el envío urgente al País Vasco de un exhorto para emplazar a los líderes de ASB a de-fenderse.

Cuando acabe el plazo de alegaciones, los dieciséis magistrados de la sala especial deberán decidir si extienden a ASB la ilegalización de Batasuna, para lo que se limitarán a examinar los documentos entregados por las partes.

Informes policiales

La Abogacía del Estado entregó su demanda en el registro del TS a las 10:30, y un representante de la Fiscalía hizo lo propio pasadas las 11:00. A mediodía, Conde-Pumpido compareció ante la prensa para explicar que, tras analizar las evidencias que existen contra ASB, basadas en informes de la Comisaría General de Información y de la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, considera que el nuevo partido abertzale es "una sucesión o continuación de Batasuna", y pide al TS que prohíba su inscripción en el registro de partidos.

Conde-Pumpido subrayó que la demanda de la Fiscalía está basada en la Ley de Partidos, que fija los requisitos a cumplir por las formaciones aspirantes a concurrir a procesos electorales. Su petición de ilegalización coincide, en los motivos, con la que planteó la Abogacía del Estado, al estar basadas ambas en cuatro hechos que convierten a ASB "desde el encabezamiento" en una "formación política manifiestamente ilegal".

El primero de ellos es su propia denominación, que incluye la pa-labra Batasuna. A ojos de los demandantes "significa de manera manifiesta un símbolo de continuidad" respecto del partido disuelto en 2003. El fiscal general repasó el artículo tercero de la Ley de Partidos, que prohíbe reutilizar los nombres de organizaciones ilegalizadas. Los fundamentos jurídicos dicen que el significado "sobrepasa ya el estrictamente lingüístico y abarca aquello que encarnaba o simbolizaba" la disuelta Batasuna

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