S. ESPECIAL, Caracas
Diez días hábiles. Ese fue el plazo que le ha fijado la Sala Electoral del Tribunal Supremo al Consejo Nacional Electoral para "pronunciarse sobre las formas y el procedimiento a seguir para activar una Asamblea Nacional Constituyente" cuando un grupo de ciudadanos así lo requiera.
El mandato lo fijó el Alto Tribunal al responder el recurso que Franco Casella, Pedro Montoya, Osman Hutson, Nelson Ramírez y Víctor Rocha interpusieron contra el Consejo Nacional Electoral, por negarse, en su momento, a atender la solicitud que hicieron al organismo para que convocara la instancia encargada de redactar una nueva Constitución.
Los demandantes precisaron que en el mes de septiembre del año 2007 solicitaron a los rectores electorales que les permitieran recoger las firmas que fueran necesarias para activar la Asmablea Constituyente. Sin embargo, han transcurrido más de seis meses y el CNE no ha emitido ninguna resolución sobre el particular.
Derecho violado
Esta actitud fue condenada en el dictamen redactado por el magistrado Juan José Núñez Calderón, por considerarlo una violación al artículo 51 de la Constitución venezolana que establece el derecho de los ciudadanos a formular peticiones y obliga a los funcionarios a atenderlas.
Casella, uno de los accionantes, explicó las razones que los motivan a convocar el mecanismo previsto en el artículo 348 de la Carta Magna: "Estamos convencidos de que la división de poder y autonomía está comprometida (... ) en su momento, apoyamos el voto por el No a la reforma (constitucional impulsada por el presidente Hugo Chávez), pero en este momento está presente una crisis de gobernabilidad".
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