La Sección Sexta de la Audiencia Provincial tinerfeña ha condenado a Ernesto Reinaldo Risso Tartara a un total de 24 años de prisión al ser considerado autor de un delito continuado de usurpación del estado civil, dos delitos continuados de abusos sexuales, de tres delitos contra la intimidad personal y una falta continuada de estafa por los hechos ocurridos en consultorios médicos ubicados en La Orotava, Güímar, San Isidro, Santa Cruz de Tenerife y La Laguna entre 1996 y 2006, fecha en la que fue detenido por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía de La Laguna.

En la detallada y minuciosa sentencia se asegura que Ernesto Reinaldo Risso Tartara, natural de Argentina, licenciado en Medicina por la Universidad de La Plata (Buenos Aires), título que fue homologado en España para ejercer de médico, pero no de ginecólogo, y que fue condenado por el Juzgado de lo Penal número Dos de Santa Cruz de Tenerife el 18 de diciembre de 1998 por un delito de intrusismo profesional y condenado a un año de prisión, así como fue inhabilitado para ejercer la profesión durante igual periodo, no acató dicho fallo sino que llevó a cabo funciones de ginecólogo en las distintas consultas a las que acudía con regularidad.

Entre 1996 y 2006, el acusado no sólo realizaba funciones de ginecólogo y obstetra como diagnósticos ginecológicos, seguimientos y controles de embarazos, ecografías vaginales y abdominales, toma de muestras para citologías, exploraciones vaginales, extracciones de pólipos, colocación de DIU, prescripción de mamografías y medicamentos, sino que además se atribuyó públicamente la condición de ginecólogo delante de sus pacientes, entidades médicas y organismos no gubernamentales para los que trabajó, entre ellos Médicos del Mundo.

En las consultas de Risso Tartara se llevaban a cabo desde colocaciones de DIU a una de las pacientes hasta extracción de quistes y extirpación de pólipos en el cuello del útero, entre otras prácticas. Hasta los tratamientos de 35 pacientes que acudieron durante años a sus consultas son relatados con más detalle en la sentencia de 43 folios, donde además se asegura que "el procesado, consciente de que actuaba de forma ilegítima como ginecólogo por carecer de titulación, con la finalidad de dotar de apariencia legal su proceder como tal, suplantó, ante determinadas pacientes, la identidad del doctor Hugo Mancilla, al igual que él de nacionalidad argentina y que había regresado a su país de origen en 1997", llegando a repartir entre sus pacientes tarjetas y emitir recetas con el nombre del ginecólogo auténtico y de prescribir medicación con recetas con el nombre y número de colegiado anteriormente citado aun a sabiendas de que lo hacía sin su permiso.

Lo mismo hizo junto a dos ginecólogos en un gabinete médico donde dijo ser Hugo Mancilla, llegando a hacer el seguimiento del embarazo a una de sus pacientes con un nombre ficticio en 1999. Este no fue el único seguimiento de embarazo que realizó, sino que llegó a tratar hasta una paciente que tuvo gemelos.

Asimismo, el acusado se escudaba en un novedoso tratamiento que él realizaba para tratar problemas del "suelo pélvico" o de matriz baja a una paciente que acudía a su consultorio de Güímar que contaba con 63 años, a la que, aprovechándose de que carecía de instrucción y experiencia ginecológica, en diversas ocasiones le introdujo un consolador en la vagina diciéndole que era con fines terapéuticos.

También en otra consulta y a otra paciente con idéntico perfil y sin experiencia ginecológica le realizó la misma práctica no médica.

Grababa a sus pacientes

El procesado, en dos ocasiones en La Laguna, mantuvo relaciones con otra paciente a la que colocaba tendida sobre la camilla con las piernas semiflexionadas en alto sobre unos soportes y con una sábana entre las piernas que le imposibilitaba ver lo que Ernesto Reinaldo Risso hacía. Según consta, en dichas ocasiones se bajó los pantalones y los calzoncillos, "le introdujo el pene en la vagina sin que ella fuera consciente de lo que estaba haciendo, pues antes de realizar dicho acto le enseñó un aparato en forma de consolador comentándole que se lo iba a introducir en la vagina para tratar su problema de matriz baja". Ambos actos los grabó con una cámara de vídeo que luego copió en un DVD que tituló "Ligadura de trompas" y que fue encontrado durante el registro llevado a cabo en su domicilio el 21 de noviembre de 2006. La paciente desconocía que estaba siendo grabada por el procesado.

Asimismo y guiado por el mismo propósito, a una señora de 55 años y entre 2005 y 2006 y aprovechándose de su escasa experiencia en revisiones ginecológicas, la colocó a gatas sobre dos sillas y tras bajarse los pantalones la penetró mientras la distraía con su conversación. También grabó en vídeo esta forma de proceder y las cintas correspondientes fueron intervenidas en el coche del acusado después de que él mismo entregara las llaves a la Policía.

La Sala considera probado que el acusado no es autor de un delito de intrusismo, a pesar de que al Tribunal "no le ha quedado duda de que ejercía como especialista en Ginecología sin serlo". Existe una falta y no un delito de estafa, ya que las pacientes abonaban la consulta y recibían los servicios por dicha cuantía.

El acusado es autor de un delito de usurpación del estado civil, ya que se hizo pasar por Hugo Mancilla a sabiendas de que no se encontraba en España y prescribió tratamientos farmacológicos e incluso entregó tarjetas. Los abusos sexuales continuados contra cuatro de las víctimas quedaron probados, dos de ellos con penetraciones con objetos -consoladores- y otros dos consumados por el propio acusado y grabados. Los delitos contra la intimidad quedan probados al haberse "violentado la intimidad de las pacientes al grabarse imágenes de su vida íntima para las cuales no dieron su consentimiento". El acusado negó en todo momento su autoría y sólo respondió en el juicio a las preguntas de su abogado, el cual se reserva recurrir la sentencia.

las penas

De la absolución a los 62 años

La defensa del falso ginecólogo, Alfonso Delgado Rodríguez, solicitó la libre absolución de su cliente. "Es positivo que hayan absuelto a mi cliente de dos de los delitos de abusos, pero debo estudiar los fundamentos en profundidad antes de valorar la sentencia".

El Ministerio Fiscal pedía 37 años de prisión, así como inhabilitación profesional e indemnizaciones a las víctimas, ya que lo acusaba de un delito de intrusismo profesional, cuatro delitos continuados de abusos sexuales, dos de ellos con penetración y otros dos con introducción de objetos, y un delito continuado contra la intimidad concurriendo la agravante de reincidencia.

La Sala, en la sentencia que se hará pública el lunes, absolvió a las aseguradoras para las que trabajó el procesado.

Las acusaciones particulares solicitaban que había que condenar al procesado a 62 años de prisión y cuatro meses y que a cada víctima tenía que indemnizarla con 12.000 euros.