El Consejo Constitucional francés consideró ayer que la prohibición del matrimonio homosexual tal y como lo recoge el Código Civil es conforme a la Carta Magna.

El máximo órgano constitucional francés entiende que no existe una discriminación en la ley que establece que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer.

El Consejo señaló, además, que debe ser el Parlamento quien modifique la norma si considera necesario legalizar ese tipo de uniones, sin que la actual, que prohíbe los matrimonios homosexuales, sea contraria a la Constitución.

La instancia considera que la ley actual no priva a los homosexuales del derecho constitucional a tener una vida familiar normal, puesto que tienen la opción de vivir "en concubinato" o constituir una pareja de hecho.

"Ese derecho no implica que las parejas del mismo sexo puedan casarse", estableció en su sentencia el Constitucional.

El Consejo agregó que los artículos del Código Civil que precisan que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer no constituyen una ruptura del principio de igualdad, ya que el legislador es libre de establecer una diferencia entre parejas homosexuales y heterosexuales.

"No corresponde al Constitucional sustituir la apreciación del legislador sobre la toma en consideración, en este tema, de esa diferencia de situación", indicó.

Con esta decisión, el Consejo ha adoptado una postura similar a la que mantuvo hace unos meses cuando se le preguntó por la constitucionalidad de la autorización de adopción a parejas homosexuales.

Como en aquella ocasión, el organismo no quiso condicionar los cambios legislativos y remitió a los parlamentarios esa labor.

Las asociaciones de homosexuales mostraron su decepción por la decisión que consideraron "carente del coraje que se le supone a una instancia que pretende ser una Corte Suprema".

Para el abogado Emmanuel Ludot, que representa a la pareja de lesbianas que llevó la cuestión hasta el Constitucional, la decisión del Consejo es "política".