La tienda informática Padawan, enfrentada en los tribunales a la SGAE por el cobro del canon digital sobre la venta de soportes digitales, ha sido eximida de pagar dicho gravamen por la Audiencia de Barcelona, en la primera sentencia que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE.

La justicia europea declaró el pasado octubre que la aplicación del canon digital en España era ilegal y no cumplía la directiva europea puesto que el gravamen no podía aplicarse indiscriminadamente a empresas y administraciones, aunque sí a personas físicas.

De acuerdo con esta sentencia, la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictaminado hoy que la tienda de informática Padawan, está exenta de pagar el gravamen que le exigía la SGAE, un total de 16.759 euros, por la venta de soportes digitales.

La sentencia, fruto de un recurso y el primero que cuestionaba el canon digital, exime a la empresa catalana de cualquier pago por considerar que resulta imposible calcular qué parte de ese material se destinaba a uso doméstico.

Sin embargo, la Audiencia admite que la SGAE tiene derecho a aplicar el cuestionado canon sobre los soportes digitales vendidos a particulares.

"Satisfecha" con la decisión de la Audiencia se muestra la dueña de la empresa, Ana María Méndez, quien ha asegurado a EFE que la sentencia acaba con "las demandas millonarias de la SGAE", entidad que, en opinión Josep Jover, el abogado de Padawan, podría enfrentarse a similares demandas que exigirían la devolución de las cantidades cobradas.

Jover argumenta que la sentencia del caso Padawan "abre definitivamente una vida expedita" para que empresas, administraciones y profesionales pueden demandar a las entidades gestoras la devolución del canon digital que se impuso en 2003, lo que supone unos 1.200 millones de euros.

El abogado de Padawan no es el único que "invita" a los empresarios a demandar.

La Asociación de Internautas ha instado también a empresas y administraciones públicas a reclamar lo abonado en concepto de canon.

Según su presidente, Víctor Domingo, "hablamos de cuatro millones de empresarios que hay que exceptuar de ese canon digital, pero no sólo eso, sino que lo que indica esta sentencia es que las empresas deben recuperar el dinero que han pagado a las entidades de gestión por algo que no les corresponde".

Sin embargo, desde el Ministerio de Cultura recuerdan que una sentencia "no deroga una orden ministerial", en referencia a la norma actualmente en vigor que regula el canon digital, por lo que advierten a las empresas de que "tienen que seguir pagando" la tasa.

En declaraciones a EFE, el director de Política e Industrias Culturales, Santos Castro, ha subrayado que la normativa actual se ajusta al derecho comunitario, si bien la justicia europea dictó que "había que corregir su aplicación indiscriminada", un "ajuste" que en el plazo máximo de tres meses tiene que tener listo el Gobierno.

En esta línea, las entidades de gestión de derechos de autor también consideran que la sentencia sigue la doctrina de la justicia europea y "clarifica" que los particulares tienen que abonar el tan discutido canon.

"Hace ocho meses se decía que el canon estaba muerto y que tenía que desaparecer y hoy tenemos una sentencia que dice que las personas físicas tienen que pagar este gravamen", ha explicado a EFE el portavoz de las entidades gestoras, Rafael Sánchez, para quien el fallo "perjudica" a los consumidores.