Cuatro jóvenes vecinos de Arona fueron absueltos recientemente del delito de intento de homicidio por el que fueron juzgados en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, pues fueron denunciados por la agresión brutal que padeció otro varón durante las fiestas de Buzanada hace más de cinco años. La absolución se debió a que no se pudo acreditar de forma suficiente que los imputados fueran quienes causaron las graves lesiones y tiraran al afectado por un desnivel de cinco metros.

A las 4:00 horas del 8 de julio de 2006, en la zona de los quioscos se produjo una riña tumultuaria y varias personas agredieron a la víctima, Juan H.B.P., que recibió numerosos golpes. Tras incorporarse, este huyó corriendo hasta que fue alcanzado por varios jóvenes. Entre ellos figuraban dos adolescentes que ya fueron condenados por la brutal agresión que fue calificada como homicidio en grado de tentativa. La víctima volvió a recibir numerosos golpes y al final fue arrojado desde una altura de casi cinco metros en uno de los márgenes de la plaza con la intención de acabar con su vida.

La víctima padeció fracturas en la nariz, en una de las órbitas oculares y en la mandíbula; traumatismo craneoencefálico y una contusión pulmonar. Además, requirió de intervención quirúrgica, tardó más de cuatro meses en recuperarse de las lesiones y le quedaron varias secuelas.

El Ministerio Fiscal solicitó para cada uno de los cuatro procesados (Isaac G.G., Horacio Nelson G.G., Tanausú C.C. y José Eduardo G.G.) ocho años de prisión y unos 18.000 euros en total en concepto de indemnización por las lesiones y secuelas.

La acusación particular reclamó nueve años de prisión para cada uno y 51.000 euros en concepto de indemnización por la incapacidad temporal y las secuelas.

A juicio de la sala, en la declaración de la víctima hubo "un cúmulo de imprecisiones, oscuridades, vaguedades y contradicciones". Además, en los fundamentos de derecho se tiene en cuenta que no solo no hay coincidencia en cada una de las declaraciones, sino que en cada una de ellas va aumentando el nivel de información, pues en el momento más cercano a los hechos "no recuerda nada, ni sabe nada ni sería capaz de reconocerlos y, en la declaración final, casi cinco años después de los hechos, conoce perfectamente todos los detalles, reniega de lo dicho anteriormente y afirma que fueron los procesados sus agresores". Según el texto de la sentencia, tal circunstancia convierte su declaración en ineficaz a los efectos incriminatorios.

Además, se hace constar que, por motivos que se desconocen, no se practicó nunca un reconocimiento fotográfico o en rueda de los posibles autores por parte de la víctima. Respecto a los testigos, uno de los menores condenados por los hechos afirmó no reconocer a los procesados como autores, mientras que el otro de los condenados aseguró que no vio a nadie tirar a la víctima.

Además, una tercera testigo señaló que no reconocía a los cuatro acusados como los que estaban en la pelea. Dicha mujer apuntó que tampoco vio correr detrás del afectado al imputado Horacio Nelson, que fue defendido por el abogado y doctor en Derecho Penal Andrés Martín Cruz.