La Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sostiene que los llamamientos de los jueces sustitutos se producen "sin ninguna arbitrariedad" y atendiendo a la experiencia que cuentan en el orden jurisdiccional y en general.

La Presidencia puntualiza que los llamamientos de los jueces sustitutos se han realizado siempre con arreglo a unos criterios en los que se tiene en cuenta la jurisdicción en la que ha actuado con mayor asiduidad, así como la antigüedad en su toma de posesión como juez sustituto.

Por ello, señala que se respeta la experiencia en el orden jurisdiccional y la experiencia general, sin intervención arbitraria por ninguna autoridad judicial, como ha planteado en declaraciones a algunos medios de comunicación el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) en Canarias, Salvador Alba.

El portavoz de la APM también ha recogido esas quejas en un escrito que remitió el pasado 23 de diciembre a la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El comunicado, el TSJC informa de que, a raíz de la publicación del nuevo Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, por la Sala de Gobierno del Tribunal se inició el trámite de plasmación por escrito de los citados criterios de llamamientos de los magistrados suplentes y jueces sustitutos, que ya han sido objeto de debate en dos plenos de esa misma Sala.

Así, cuando surge la necesidad del llamamiento de un juez sustituto, se realiza de forma "inmediata", siguiendo los criterios citados, y si se trata de una baja o vacante de larga duración, se oferta la plaza a los jueces y magistrados titulares en comisión de servicios sin relevación de funciones.

Añade que este sistema es indispensable para prestar el servicio público de la Administración de Justicia, y no cerrar los juzgados ante situaciones de bajas por enfermedad, licencias por estudios, y otras incidencias que afecten a los titulares.

Para la Presidencia del TSJC, es "absolutamente falso" que los escritos que se han presentado por Salvador Alba a la Mesa a la Sala de Gobierno no hayan recibido respuesta, y ello le consta al citado magistrado, indica la nota.

En cuanto a la división en dos Secciones de la Sala de lo Social del TSJ con sede en Las Palmas de Gran Canaria, que solicita la APM en su escrito dirigido al CGPJ, se informa de que no ha sido posible por no contar con el número suficiente de magistrados.

Hasta el pasado día 5 de enero, la Sala estaba formada por cinco magistrados, y la plaza de magistrado especialista estaba vacante desde hace varios años.

En la actualidad, y por jubilación de uno de los que la componían, la Sala cuenta solo con cuatro magistrados, sin que parezca posible la oferta de comisión de servicios sin relevación de funciones a un magistrado especialista, "al no existir en nuestro territorio ninguno", indica el TSJC.