La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) y las Federaciones sindicales FECOMA-CCOO y MCA-UGT han firmado hoy el V Convenio General del Sector de la Construcción que recoge un incremento salarial del 1 % para 2012.

Según indicaron hoy la CNC y los sindicatos en un comunicado, el nuevo convenio adapta a la situación económica actual el acuerdo de 2010 por el que se debía trasladar con carácter retroactivo la inflación real de 2011.

De esta manera se ha acordado actualizar las tablas salariales de 2011 -con efectos del pasado 1 de enero- con un incremento del 1 %, mientras que sin un aumento salarial para 2012 se mantiene la cláusula de revisión salarial aplicable a la inflación real observada durante el presente año menos 2 puntos.

Para la patronal de la construcción, el nuevo convenio hace un "importante" esfuerzo en moderación salarial, estructura el sector de una manera homogénea y dota a las empresas de flexibilidad para poder adaptarse a las nuevas circunstancias.

Asimismo, la Confederación manifiesta su compromiso de impulsar el sector para conseguir que éste vuelva a tener la fuerza que ha tenido en pasados ejercicios e insiste en que España no puede salir de la crisis sin el sector de la construcción.

Por su parte, el secretario general de FECOMA-CCOO, Fernando Serrano Pernas, asegura que tanto los sindicatos como los empresarios del sector han acordado un convenio que da certeza, seguridad jurídica y homogeneidad a las condiciones laborales con el objetivo de impulsar el sector y lograr recuperar sus cotas de empleo y de actividad en un plazo "razonable".

Asimismo, Serrano señala que con este convenio se consolida la estructura del sector respetando los ámbitos de negociación, al tiempo que reitera su compromiso a impulsar el sector para conseguir que éste vuelva a tener la fuerza que ha tenido en pasados ejercicios, pero sin que se repita la especulación que ha traído como consecuencia la pérdida de 1,4 millones de puestos de trabajo.

El nuevo convenio está definido con un doble alcance temporal. En el primero, de un año de duración, se establece la política salarial, la cuota a la Fundación Laboral y la duración de la jornada, mientras que en el segundo, de 5 años, se incluye la estructura de la negociación colectiva, las normas de concurrencia y reserva de materias o el contrato fijo de obra, entre otras cuestiones.