El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las condenas de 18 años y medio de cárcel impuestas a los patrones de un cayuco que llegó en 2008 a La Gomera con cuatro cadáveres a bordo, tras haber arrojado al mar a un número indeterminado de personas que fallecieron durante la travesía.

El cayuco, que había partido de Mauritania, arribó a Playa Santiago en la tarde del 11 de julio de 2008 con 59 pasajeros, de los cuales cuatro habían fallecido horas antes por deshidratación e hipotermia y otro más murió poco después, a pesar de haber sido hospitalizado de urgencia en La Gomera.

La sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife en marzo del año pasado consideró probado que los cuatro procesados -dos ciudadanos de Guinea Bissau y otros dos de Senegal- eran conscientes de que llevaban el cayuco sobrecargado cuando salieron el 5 o 6 de julio de Noadibú y también que no contaban con suficientes provisiones para el viaje.

De hecho, el agua y la comida se acabaron al tercer día de la travesía y los pasajeros del cayuco sufrieron "una situación generalizada de debilitamiento y deshidratación" que condujo a la muerte en alta mar a un número indeterminado de ellos, cuyos cadáveres fueron arrojados por la borda por los acusados.

La sentencia que ahora ratifica el Tribunal Supremo declaró a cada uno de los acusados culpables de cinco homicidios por imprudencia y de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros por favorecer la inmigración clandestina.

El fallo condenó a los procesados a seis años de cárcel por delito de favorecimiento de la inmigración ilegal y a dos años y medio por cada uno de los cinco delitos de homicidio imprudente.

El Supremo entiende suficientemente probado, por los testimonios de los supervivientes, que los cuatro procesados y un menor de edad organizaron esa "expedición" desde Mauritania a Canarias, gobernaron el cayuco, se ocuparon de repartir los alimentos a bordo y tiraron al mar los cuerpos de los que fallecieron.

El Alto Tribunal subraya que no solo les inculpan las declaraciones de los supervivientes, sino un hecho que no es "irrelevante o menor, ni mucho menos despreciable": los policías que participaron en la asistencia a los inmigrantes que desembarcaron en ese cayuco coincidieron en que los procesados presentaban "un estado físico mucho más saludable que los restantes navegantes".

La sentencia confirma además la decisión de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife de aplicar a los procesados la modalidad agravada del delito de favorecimiento de la inmigración ilegal, por poner en peligro la vida de los pasajeros del cayuco, y de no aceptar su excusa de que obraban movidos por el deseo de "salir de la pobreza".

Los procesados no han aportado prueba alguna de esa situación de necesidad, concluye el Supremo, antes de añadir: "la verdadera situación de perentoria y extrema necesidad se corresponde realmente con las víctimas, que no sólo afrontan una travesía peligrosa, sino que además realizan un desembolso económico del que se lucran los organizadores" de esa travesía en cayuco.