El Grupo Parlamentario Socialista Canario, a través de su diputado José Ignacio Álvaro Lavandera, considera necesario un planteamiento de erradicación del ''Datura stramonium'' conforme a lo establecido en el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras, "por lo que procede primero su inclusión Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, como ya lo está el ''Peenisetum setaceum'', conocido como rabo de gato".

En el Pleno de la Cámara celebrado este miércoles, Álvaro Lavandera ha recordado que el estramonio no es una nueva droga ni una sustancia emergente, sino una planta tóxica, por lo que abogó por "debatir de forma ajustada a la realidad, lejos de simplificaciones y alarmismos".

Además, ha señalado que las acciones destinadas a la erradicación de la planta o la fiscalización de sus principios activos "deben perseguir evitar que se repitan casos de intoxicación, con estramonio o con la próxima sustancia que aparezca cualquier día en cualquier lugar".

A su juicio, a continuación se debería elaborar una estrategia de gestión, control y posible erradicación de la ''Datura stramonium'', del ''Peenisetum setaceum'' y del resto de especies incluidas en ese catálogo que afecten a los mismos ámbitos espaciales.

Asimismo, ha dicho que esa estrategia debería incluir una definición de las especies objetivo y diagnóstico de la problemática, así como un análisis de riesgos y de vías de entrada y medidas de actuación.

El parlamentario socialista ha defendido también la puesta en marcha de actuaciones de coordinación entre las diferentes administraciones públicas, acciones de seguimiento de la eficacia de aplicación de la estrategia, actividades de sensibilización y educación social sobre la problemática de especies exóticas invasoras y un análisis económico de los costes de aplicación de la estrategia sobre terceros o instalaciones afectadas de forma involuntaria por la presencia de especies exóticas invasoras.

Igualmente, ha explicado que, una vez elaborada la estrategia, se debería solicitar al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente su financiación a través del Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, regulado en el artículo 74 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.