Jueces para la Democracia considera que la reforma laboral no servirá para crear empleo estable, no combatirá la dualidad del mercado de trabajo e introducirá un peligroso desequilibrio entre las partes de la relación laboral, poniendo en peligro el derecho del trabajo y los valores constitucionales.

En un comunicado, esta asociación de jueces opina que la reforma laboral constituye "uno de los mayores ataques al derecho del trabajo y a las instituciones laborales desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores".

La reforma laboral propuesta por el Gobierno es "ofensiva, regresiva, reaccionaria e injusta", según Jueces para la Democracia (JpD), que critica que se haya adoptado a través de un real decreto ley, sin previa negociación con los agentes sociales.

Este colectivo de jueces resalta que la reforma laboral de 2010 y la ley en materia de Seguridad Social de 2011 fueron la antesala a la normativa que ahora plantea el Ejecutivo, contribuyeron a la destrucción de empleo, agravaron la crisis económica y mermaron el sistema público de protección social.

Para JpD, la norma otorga a los empresarios la facultad de disposición "cuasi absoluta" de la prestación laboral y modifica las recientes atribuciones competenciales en materia de extinción de contratos.

Según esta asociación de jueces, la empresa pasa a ser el ámbito preferente de negociación de las condiciones de trabajo y el empresario protagoniza su establecimiento y modificación, debilitando la obligada interlocución con los trabajadores o sus representantes para la adopción de medidas que antes la habían exigido y relegando al mismo tiempo el papel de la Administración.

Jueces para la Democracia señala que el nuevo "contrato indefinido de apoyo a los emprendedores" desvirtúa la propia finalidad del período de prueba, al fijarlo en un año de duración, reconvirtiéndolo en un contrato a término.

Añade que la reforma refuerza el poder unilateral del empresario para promover cambios de puesto de trabajo, distribución de jornada y movilidad geográfica, además de modificar el contenido de los acuerdos que se establecieron en los pactos individuales y colectivos (sobre jornada o salarios).

Precisa que la nueva regulación pretende limitar las facultades de los jueces para valorar las causas de la extinción de contratos, cuando la empresa alegue disminución de ingresos o ventas durante tres trimestres consecutivos, lo que limitará la tutela judicial ante el despido y desincentivará las reclamaciones judiciales por parte de los trabajadores.

Recalca que esta nueva "degradación" de la causalidad en el despido, junto al nuevo contrato "indefinido para emprendedores" y la supresión de la autorización administrativa en despidos colectivos, es contraria al derecho al trabajo consagrado en la Constitución, que integra el derecho a no ser despedido sin una causa justa.