La Unidad Ecológica y de Urbanismo de la Policía Local de La Laguna (Tenerife) desarrolla durante este mes de febrero un plan de actuación en relación al cumplimiento de las obligaciones de los dueños con respecto a los animales de compañía (perros, gatos, entre otros) particularmente en los espacios públicos tales como parques, plazas, peatonales, calles, inmediaciones de colegios, paradas de guagua y tranvía o zonas recreativas.

Estas actuaciones han sido, asimismo, incorporadas a los objetivos diarios que debe cumplir tanto el servicio ordinario de la Policía Local como la Unidad de Refuerzo al Servicio e Intervención (URSI). En ese sentido, la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad, que dirige José Alberto Díaz, tiene en marcha una campaña con dos fases, una informativa y preventiva "dando a conocer los deberes que los dueños y poseedores ostentan con respecto a sus animales de compañía, y otra puramente restrictiva en caso de reiterado y contumaz incumplimiento de sus obligaciones".

Al respecto, el responsable municipal destaca que para el desarrollo de estas actuaciones "se han tenido en cuenta las demandas del movimiento asociativo lagunero, las solicitudes de los propios vecinos, así como los lugares y las franjas horarias en que con mayor asiduidad se realizan los paseos de los animales de compañía".

Esta información, junto con los datos estadísticos con que se cuenta en cuanto a las infracciones detectadas, las quejas vecinales, los requerimientos policiales, e incluso, los incidentes producidos, ha servido para conformar el plan de choque en el que se dedica quince días de presencia, control e inspección policial a cada una de las cuatro zonas en las que se ha divido el municipio a efectos operativos durante las franjas horarias comprendidas entre las siete y ocho de la mañana y las siete y ocho de la noche.

En los primeros quince días de febrero, la Policía Ecológica actuará en la zona de La Cuesta; la segunda quincena se intervendrá en la zona de Taco y al centro ciudad y aledaños, se dedicarán los primeros quince días de marzo, mientras que en la zona nordeste (Bajamar, Tejina, Valle de Guerra y Punta del Hidalgo) se actuará en la última quincena de febrero.

OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS

La Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección y Tenencia de Animales de Compañía prevé, entre las obligaciones de los propietarios y poseedores de animales de compañía, las de mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, alimentarlos, mantener al día su cartilla sanitaria, responder de los daños y perjuicios que causen o evitar que ensucie o deteriore las vías o espacios públicos debiendo recoger las excretas de los animales.

Asimismo, son obligaciones ineludibles de los dueños o poseedores de perros, las de tenerlos identificados mediante microchip u otro procedimiento homologado y darlos de alta en el Censo Municipal de Animales de Compañía.

La Ordenanza Municipal reguladora de la limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos sólidos urbanos incide nuevamente en la prohibición de ensuciar la vía pública, parques, jardines y demás espacios públicos con las defecaciones de los perros, debiendo los dueños o encargados cuando los saquen a esta necesidad ir provistos de bolsas con recogedor incorporado, papel u otro sistema adecuado para proceder a la recogida de los excrementos, depositándolos en los contenedores o papeleras con el resto de los residuos sólidos urbanos.

Por la comisión de esta infracción se prevé una sanción de 60 euros, incrementándose en la primera reincidencia a 180 euros, llegando en la segunda hasta los 301 euros. En lo relativo al paseo de los animales de compañía por las vías públicas, se contempla en la ordenanza, la obligatoriedad de que se les lleve sujeto por correa o cadena y collar, debiendo ser conducidos con bozal aquellos cuya peligrosidad sea razonablemente previsible dada su naturaleza y características.

Esta circunstancia será especialmente vigilada y controlada por la Policía Ecológica, en particular la presencia de perros peligrosos en los parques y espacios públicos. A este respecto la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos del año 2007, prohíbe totalmente la presencia y circulación de estos animales en parques y jardines públicos, así como en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos.

Esta prohibición se extiende, en general, en las zonas públicas caracterizadas por un tránsito intenso de personas, entre las 7 y las 22 horas, horario que se ampliará en la celebración de acontecimientos de cualquier índole hasta la finalización de los mismos. La cuantía de la sanción a imponer a los dueños por estas infractores puede oscilar entre los 300 y los 2.400 euros.

En cualquier caso, es preciso recalcar que, para la presencia y circulación de perros peligrosos en lugares públicos, será obligatorio la utilización de correa o cadena de menos de dos metros de longitud, así como bozal homologado y adecuado a su raza, estando prohibido que sean conducidos por menores de edad, debiendo evitarse que los animales se aproximen a las personas a distancia inferior a un metro.

La Policía Ecológica incidirá en la vigilancia del cumplimiento por parte de los dueños de los animales potencialmente peligrosos, de los requisitos para su tenencia, tales como disponer de la preceptiva licencia que le otorgue el Ayuntamiento de La Laguna, para la que se requiere cumplir una serie de requisitos como son: ser mayor de 18 años; disponer de certificado médico que acredite la capacidad física y psicológica; tener concertado seguro de responsabilidad civil por daños a terceros en cuantía no inferior a 120.000 euros; no haber sido sancionado por las infracciones graves o muy graves que prevé la Ley estatal 50/99, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales especialmente peligrosos y no haber sido condenado por los delitos de homicidio, lesiones, torturas o contra la integridad moral y la libertad sexual.