El área de Seguridad Ciudadana de Santa Cruz fundamentó el decreto municipal sobre las labores complementarias que pueden realizar los voluntarios de Protección Civil en un informe jurídico local que avala esas actuaciones, aunque matiza que siempre han de desarrollarse en coordinación con los mandos de la Policía, sobre todo para asumir ciertas funciones de cortes de tráfico.

El informe matiza que esa opción "se circunscribe al desarrollo de eventos deportivos o actos de otra índole, autorizados por el Ayuntamiento capitalino y en las vías del término municipal".

El citado decreto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado 1 de febrero. La concejalía que dirige Carmen Delia González recalca que la autorización y habilitación a Protección Civil para estas labores "fueron informadas favorablemente por Jefatura de la Policía santacrucera el pasado 18 de octubre de 2011", para lo que se recurrió al Reglamento General de la Circulación (RGC).

Los informes jurídicos recuerdan que el artículo 143.4 de esa normativa, que se apoya en la Ley de Seguridad Vial, "permite que en determinadas actividades en las vías públicas, y cuando se considere necesario, la autoridad responsable del tráfico podrá habilitar al personal de Protección Civil o de la organización responsable para impedir el acceso de vehículos o peatones a la zona o itinerario afectado".

De todos modos, se aclara que esa habilitación se realizará siguiendo instrucciones de la Jefatura de la Policía Local, "por lo que no parece que exista una invasión de competencias, ya que apoyarían el trabajo de los agentes", a diferencia de lo que creen los sindicatos policiales de CCOO y UG. LA concejalía recalca también que el citado artículo "no establece un número cerrado de acontecimientos en los que pueden intervenir los agentes auxiliares, sino regular las condiciones en que deban hacerlo, siempre de forma subordinada a los agentes de la autoridad".

El informa jurídico alude también a las "funciones auxiliares del personal de Protección Civil, así como a los requisitos que deben reunir estas personas, su dotación, equipamiento mínimo en cuanto a vestimenta, comunicaciones y material de señalización".