La familia de una niña de 12 años, a la que el instituto Félix Rodríguez de la Fuente, de Burgos, pretende obligar a cambiar de centro por usar el hiyab o velo islámico, ha recurrido esta decisión ante el propio centro apelando a la libertad religiosa, que consagra la Constitución.

El conflicto se originó al inicio del actual curso escolar cuando el centro decidió no dejar que la niña entrara en clase mientras llevara puesto el hiyab, un tipo de velo musulmán que tapa el pelo y las orejas, pero no cubre la cara.

Según el escrito del recurso de alzada, al que ha tenido acceso Efe, el uso del velo es una "manifestación externa del ejercicio de libertad religiosa" que ampara la Constitución española.

El abogado de la familia, Iván Jiménez Aybar, que ha llevado varios asuntos de defensa de la libertad religiosa en centros educativos, sostiene en el recurso que prohibir a la niña usar el velo es "atentar gravemente contra su dignidad".

Además, indica que el centro conocía la situación antes de que se formalizara la matrícula de la niña, ya que en la foto del Documento Nacional de Identidad que incluía la documentación aparecía con el velo, cuyo uso está permitido en ese documento.

Sin embargo, según publica hoy Diario de Burgos, el centro educativo considera que la niña ha incurrido en "una conducta perturbadora y gravemente perjudicial para la convivencia en el centro", por lo que la sanciona con un cambio de instituto.

Ese cambio no se producirá hasta que la Dirección Provincial de Educación resuelva el recurso de alzada que ha presentado la familia contra esta decisión, para lo que dispone de un plazo de tres meses.

El expediente sancionador concluye que, a pesar de las medidas de corrección impuestas por la dirección del centro, la muchacha "continúa en su actitud de pretender entrar en clase con la cabeza cubierta", hecho que corroboran los profesores que le dan clase y que reconoce la propia alumna.

Además, el instituto describe dos agravantes en la actitud de la niña, la de premeditación y reiteración, "puesto que queda probado que la estudiante conoce el artículo 100 del reglamento de régimen interior y, sin embargo, continúa incumpliéndolo".