Las cuentas corrientes de una administración local "no son embargables", con independencia "del origen presupuestario de dichos ingresos afectados o no afectados", según ha dictaminado la Audiencia de Cuentas de Canarias, a petición del Ayuntamiento de La Oliva (Fuerteventura).

En un comunicado, este ayuntamiento majorero explica que solicitó este informe a raíz del embargo de tres cuentas municipales, por un importe de 424.000 euros, decretado por el Juzgado número 1 de Puerto del Rosario para cumplir una sentencia que le obliga abonar 3.900.000 euros a la empresa "Oliva Oceánidas".

Esta cantidad corresponde al impuesto de construcciones, instalaciones y obras que ingresó dicha empresa para ejecutar unas 6.000 camas y un campo de golf de 18 hoyos en El Cotillo y al pago de los intereses generados, 90.000 euros, al no poderse ejecutar el proyecto por la anulación del plan parcial.

El Ayuntamiento de La Oliva, ante esta sentencia, solicitó el amparo a la Audiencia de Cuentas de Canarias para que sus cuentas no fuesen embargadas por sentencias judiciales que podían poner en peligro los servicios básicos de obligado cumplimiento, indica la nota.

Asimismo, informa de que el pleno de la corporación aprobó el pasado día 31 de octubre solicitar a la citada institución un informe para que se pronunciase sobre la procedencia de la inembargabilidad de las cuentas de las corporaciones locales.