EL HECHO nada anecdótico de que las Islas Canarias y las Islas Malvinas -salvando las distancias históricas y geográficas- tengan mucho en común desde el punto de vista del Derecho Marítimo Internacional me ha inducido a destacar ciertos paralelismos entre estos dos archipiélagos situados en el océano Atlántico: el primero en el continente africano y el segundo en el extremo sur de Sudamérica; y ambos, "territorios de ultramar" de dos potencias coloniales, España y Gran Bretaña, respectivamente. Con la diferencia sustancial de que Falkland Island es uno de los dieciséis territorios en la lista de las Naciones Unidas de territorios no autónomos bajo la supervisión del Comité de Descolonización de Naciones Unidas, por lo que la situación del archipiélago es examinada anualmente por el Comité de Descolonización desde 1965. Mientras que Canarias, a pesar de lo que digan algunos, no figura todavía en esa lista de la ONU y sigue siendo una vil y descarada colonia española en África ¡¡con seis siglos de antigüedad!!, que se dice pronto.

Ya en 1820, después de que Argentina comenzara la lucha por la independencia de España, las posesiones del antiguo Virreinato del Río de la Plata pasan a su soberanía. En enero de 1833, el capitán de la fragata británica HMS Clio, John James Onlow, comunica al jefe de la guarnición argentina en las islas que iba a reafirmar la soberanía británica y retomar la posesión del archipiélago en nombre del rey de Inglaterra. Acto que se denominaría una "usurpación territorial pacífica", que no fue el caso de Canarias, evidentemente.

Prescindiendo de los aspectos históricos, que no es el caso, actualmente el Territorio de Ultramar de las Islas Malvinas es un territorio dependiente del Reino Unido que abarca la totalidad del archipiélago de las Malvinas, situadas en el Atlántico Sur. Su capital es Stanley, conocida por Puerto Argentino o Puerto Stanley en español; estando dicho territorio sujeto a un contencioso entre Gran Bretaña y Argentina, que reclama su devolución. En efecto, la República Argentina no reconoce la soberanía británica sobre las Malvinas, a las que considera "una parte integrante e indivisible de su territorio que se encuentra ocupada ilegalmente por una potencia invasora". En tal sentido, Argentina considera a las Malvinas parte de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en donde son agrupadas junto con las Islas Georgias del Sur, Sandwich del Sur y Orcadas del Sur en el Departamento Islas del Atlántico Sur. La disputa de soberanía con Gran Bretaña comprende también los espacios marítimos adyacentes a las Islas, que Argentina considera parte del mar Argentino, denominación que es rechazada de plano por el Reino Unido. Desde su reforma en 1994, la Constitución Nacional Argentina ratifica en la primera de sus Disposiciones Transitorias la reclamación de la soberanía y la recuperación de las Malvinas como un "objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino".

Por su parte, Gran Bretaña ha manifestado reiterada y astutamente que en cualquier negociación que se lleve a cabo por la soberanía de las Malvinas deben incluirse los deseos de los isleños, a quienes les reconoce el derecho a la autodeterminación, lo cual no es aceptado por Argentina. El Gobierno argentino, a su vez, utiliza como argumento las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la descolonización, no reconoce a los isleños como un pueblo colonizado, sino como un pueblo trasplantado artificialmente a las islas por los colonizadores británicos, y en este sentido solo ofrece tener en cuenta los "intereses" de los isleños pero no sus "deseos". En el Tratado de Lisboa, firmado el 13 de diciembre de 2007 por los países de la Unión Europea, se incluyó en un anexo a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y al Territorio Británico en la Antártida como pertenecientes al United Kingdon.

Aunque en la historia de Argentina hay un antes y un después de la guerra de las Malvinas de 1982, nos centraremos solo en los últimos acontecimientos. Así vemos que la VI Cumbre de las Américas celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, entre los días 9 al 15 de abril pasados, terminó sin consenso sobre este archipiélago cuya soberanía reclama Argentina a Gran Bretaña con el apoyo de la mayoría de países de Latinoamérica. Por cierto, como dato curioso decir que el presidente de los EE.UU., Barack Obama, asistente a la cumbre, llamó a las Malvinas las "Islas Maldivas". No obstante, esa falta de acuerdo en la citada cumbre, en la reciente declaración adoptada en el marco de la XLII Cumbre de Jefes de Estado de Mercosur sobre las Islas Malvinas no solo se puso de manifiesto una vez más la solidaridad de los países miembros y asociados del bloque con Argentina, sino el deseo unánime de implementar acciones que dieran sentido a ese espíritu. Así, a partir de ahora, los puertos de los países de la región no permitirán el acceso a aquellos buques con pabellón inglés que intenten operar en ellos en escala de reabastecimiento hacia o desde el archipiélago austral, ya que, por razones económicas, los buques factoría que faenan en el Atlántico Sur que llevan la bandera de las islas venían utilizando los puertos de la región para esquivar las terminales argentinas.

La declaración de Mercosur buscaba causar un efecto inmediato: afectar a la venta de licencias pesqueras que venden los malvinenses en el Atlántico Sur; una actividad muy lucrativa que convirtió en millonarios a los 2.200.000 habitantes, con un PIB nacional que alcanza casi los cien millones de dólares y del cual surgen los enormes recursos utilizados por el lobby kelper en Londres. El segundo efecto que pretendía alcanzar la declaración de Mercosur ya está dando sus frutos, dado que la intención del bloque era sentar en una mesa de negociación a Argentina y Gran Bretaña y discutir la cuestión de la soberanía de las Islas Malvinas y sus espacios marítimos circundantes, que en su totalidad alcanzan más de un millón de kilómetros cuadrados. El Reino Unido ya ha anunciado su decisión de iniciar urgentemente una ronda de conversaciones sobre el tema en la región.

En este sentido, es importante conocer cuáles son las legislaciones marítimas británica y argentina respecto del territorio en disputa. Los límites marinos de Inglaterra son los siguientes: Mar Territorial de 12 millas marinas desde la línea de base, Zona de Conservación Externa de las Islas Malvinas de 200 millas de la línea de base al este y 150 millas marinas de radio al oeste con centro en un punto del estrecho de San Carlos a los 51º 40'' 0" S y 59º 30'' 0" O. Plataforma continental: mínimo de 200 millas marinas desde la línea de base y máximo de 350 millas marinas (en proceso de estudio y delimitación). El 23 de julio de 1982 el Reino Unido estableció la "Zona de Protección de las Malvinas", centrada en el mismo punto del estrecho de San Carlos que la anterior "Zona de Exclusión Militar de 200 millas de radio". El 29 de octubre de 1986 creó la "Zona Interina de Conservación y Administración de las Islas Malvinas", reclamando por primera vez una zona de pesca exclusiva en torno a las islas. El 22 de agosto de 1994 el Reino Unido amplió sus espacios marítimos al crear la "Zona de Conservación Externa de las Islas Malvinas". Estas acciones unilaterales han generado bastantes fricciones con Argentina, al sobreponerse con la zona económica exclusiva argentina al oeste, norte y sur de las islas. Y para colmo, el 17 de febrero de este año una petrolera británica violó la ZEE argentina buscando petróleo dentro de territorio argentino.

Por parte de Argentina, su espacio marítimo es el área compuesta por el mar adyacente a las costas continentales argentinas y de sus islas, así como también el lecho y el subsuelo de sus áreas marinas, sus recursos vivos y minerales y sobre su espacio aéreo marino, sobre el cual la República Argentina ejerce soberanía en distintos grados: aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo de la plataforma continental.

Con respecto al Sector Antártico Argentino (Antártida Argentina), sobre el cual Argentina reclama derechos soberanos, la Ley nº 23968, sancionada el 14 de agosto de 1991 y promulgada el 10 de septiembre de ese año, indica que las líneas de base serán establecidas en el futuro por otra ley. Hay que dejar constancia de que varios Estados han expresado sus objeciones respecto a las consideradas "aguas interiores argentinas". Por lo demás, Argentina, que es signataria de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, debe establecer el límite exterior de su plataforma continental, para lo cual presentó estudios científicos el 21 de abril de 2009 que demuestran los derechos argentinos más allá de las 200 millas hasta un límite máximo de 350 millas marinas. El mar territorial argentino se extiende hasta una distancia de 12 millas marinas a partir de las líneas de base establecidas en la citada ley 23968, que fija que quedan incluidas en las líneas de base las líneas que unen los cabos que forman las bocas de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, tal como se establece en el artículo 1 de la Ley 17094 y la línea que marca el límite exterior del Río de la Plata, según los artículos 1 y 70 del Tratado del Río de la Plata, y su Frente Marítimo, de 19 de noviembre de 1973. La zona contigua argentina se extiende, más allá del límite exterior del mar territorial, hasta una distancia de 24 millas contadas a partir de las líneas de base. Y la zona económica exclusiva argentina se extiende más allá del mar territorial, hasta una distancia de 200 millas marinas, es decir, 176 millas marinas contadas desde el límite de la zona contigua. El Tratado del Río de la Plata con Uruguay en su artículo 73 creó un área común pesquera para los barcos de ambos países en el frente exterior marítimo del Río de la Plata más allá de las 12 millas costeras. Dicha zona es determinada por dos arcos de circunferencias de doscientas millas marinas de radio, cuyos centros de trazado están ubicados respectivamente en Punta del Este y en Punta Rasa del cabo San Antonio.

Y para terminar, observemos que la cuestión de fondo que se plantea entre las Islas Canarias y las Islas Malvinas podría calificarse de "sui generis" a tenor de las respectivas realidades de los dos archipiélagos. Máxime si nos retrotraemos a la intervención del ministro español de AA.EE. del Gobierno de UCD Pérez Llorca, quien en una intervención ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, a propósito de la guerra de las Malvinas, precisamente, vino a decir: "Las Malvinas no solo eran argentinas porque estaban en Sudamérica, sino porque estaban en la plataforma continental argentina". Que a nadie le extrañe, pues, que Marruecos, que en esta parte del Atlántico "jugaría el papel de Argentina", así como España "sería" Inglaterra, haya incorporado a su glosario nacional que "Canarias está situada en lo que sería la prolongación natural de la plataforma continental marroquí" y, por tanto, dentro de su Zona Económica Exclusiva de 200 millas. ¿Son pura casualidad estas circunstancias?

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