El Gobierno deja abierta la posibilidad de aplicar despidos colectivos del personal laboral en las Administraciones Públicas por causas económicas cuando tengan problemas de financiación o insuficiencia presupuestaria.

Según el reglamento que desarrolla la reforma laboral, se entiende como insuficiencia presupuestaria que la aportación a la entidad correspondiente disminuya al menos un 10% respecto al ejercicio anterior, aunque deja abierta la puerta a otros supuestos que no precisa. El texto del reglamento, que el Ministerio de Empleo ha enviado a los sindicatos para que hagan sus aportaciones señala que se entenderá que existe insuficiencia presupuestaria en cuatro casos, "entre otros".

Según esos supuestos, concurrirán causas económicas cuando las subvenciones nominativas del ministerio, consejería, entidad local, ente u organismo hayan disminuido al menos un 10% respecto al ejercicio anterior.

También cuando las transferencias de capital correspondientes a dichas entidades, o cuando la aportación presupuestaria al convenio o al contrato programa que tuviera concertado el ente, organismo o entidad, hayan disminuido igualmente al menos ese mismo porcentaje.

Igualmente se entiende que habrá causa económica de despido cuando se haya adoptado un "acuerdo de no disponibilidad" que afecte a dichos organismos.

Críticas sindicales

CCOO y UGT han criticado que la relación de supuestos concretos se deje abierta al decir "al menos y entre otros" los cuatro casos que se citan en el texto.

Además, entienden que para determinar la "insuficiencia" el presupuesto debería disminuir a partir de un 30% o un 40%, "nunca el 10%". Para los sindicatos, con ese criterio "difícilmente" se podrá garantizar "una justificación de acuerdo a necesidades objetivas de la administración pública de que se trate".

El Área Pública de CCOO ha criticado que la nueva normativa sobre despido colectivo deja "indefenso" al personal laboral de las Administraciones Públicas.

Desde CCOO entienden que la regulación de los procedimientos de despido colectivo en el ámbito de las Administraciones Públicas supone una "peligrosa novedad" para el conjunto del sector público al establecer, por primera vez, "cuál va a ser el procedimiento concreto y específico para el despido colectivo del personal laboral ya que se consagra, normativa y definitivamente, el posible despido colectivo con la aprobación del cauce a seguir, lo que puede contribuir a convertir a partir de ahora en algo habitual una cuestión excepcional y puntual".

Consideran que, "además del ensañamiento demostrado por el Gobierno con respecto al personal laboral del sector público, se observa un alto grado de determinismo en cuanto al objeto del procedimiento a seguir", dice CCOO.