Es posible que quienes viven en las casas del litoral de Canarias puedan seguir toda su vida en ellas, incluso tal vez algunos de sus hijos. Pero, ¿qué ocurrirá con la siguiente generación? ¿No tendrán nada que heredar? El proyecto de reforma de la Ley de Costas garantiza que algunos inquilinos puedan disfrutar de una concesión de 75 años, pero no los convierte en propietarios ni evitará la demolición de sus inmuebles una vez transcurrido ese plazo. El texto, aprobado recientemente en Consejo de Ministros, supone una marcha atrás respecto al borrador que tantas expectativas había generado entre los afectados.

En el caso del Archipiélago, la norma ignora varios aspectos que sí se recogían en el borrador y que, según José Ortega, abogado de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, hubieran permitido una revisión "casi masiva" de los deslindes efectuados en la Comunidad Autónoma. A su juicio, en Canarias la mayoría de estos procedimientos -que determinan qué terrenos forman parte del dominio público marítimo-terrestre, y, por tanto, son propiedad del Estado- se han realizado "de forma arbitraria"; es decir, se han hecho a ojo.

Si se comprobara que el deslinde se ha llevado a cabo sin el debido rigor podría procederse a su revisión. Y si de ésta se concluyera que la vivienda está situada fuera del dominio público, su inquilino podría ser considerado definitivamente como su propietario y no únicamente como el beneficiario de una concesión estatal con fecha de caducidad.

Ortega sabe de lo que habla. Una demanda suya dio origen a la única sentencia judicial que ha anulado un deslinde en las Islas. Ocurrió en Punta Larga (Candelaria) hace dos años. Los tribunales estimaron que la Administración no había aportado las pruebas suficientes para justificar hasta dónde llegaba el dominio público. Esta es, señala el abogado valenciano, la situación general en la región. "He dicho mil veces que, a diferencia de la Península, donde se toman la molestia de contratar un estudio geomorfológico, en Canarias se suelen hacer por observación directa", se queja.

La ley no incorpora, como demandaban los afectados, una nueva definición del dominio público, que sigue extendiéndose hasta "donde alcancen las olas en los mayores temporales conocidos". Sin embargo, el borrador obligaba a acreditar que los temporales se han producido cinco veces en los últimos diez años e incluía la necesidad de acudir a referencias comprobadas para documentar el alcance de estos fenómenos. Ambas condiciones han desaparecido del texto.

Dunas en movimiento

"Con el borrador, habría sido preciso revisar todos los deslindes para justificar debidamente que ha habido cinco temporales en los diez últimos años", explica Ortega. En cuanto a la exigencia de un mayor rigor que también preveía, el letrado comenta con ironía que "no se puede decir que la apreciación directa sea una referencia comprobada".

Un tercer aspecto favorable a propietarios de Canarias también se esfuma en el tránsito entre el borrador y el proyecto: la de que solo serían consideradas dunas las que estén en movimiento. Reaparecen aquí la incertidumbre y la ambigüedad y la posibilidad de que las dunas muertas puedan ser englobadas en el dominio público. Núcleos situados en Maspalomas, Jandía o Corralejo podían haber recurrido a nuevos deslindes con la redacción anterior del texto, pero ahora no podrán hacerlo.

Las "perspectivas inmensas" que se abrían con el borrador del proyecto han quedado, pues, defraudadas. "No se va a revisar absolutamente nada ni se acaba con la inseguridad jurídica, como dice el Partido Popular". De hecho, la norma, tal y como está redactada actualmente, constituye "una clara marcha atrás".

Es cierto que a la ley aún le queda recorrido parlamentario, pero el representante de la plataforma de afectados no es demasiado optimista ante la posibilidad de que "una mayoría del PP en el Congreso cambie lo que ha hecho una mayoría del PP en el Gobierno".

La ausencia de Canarias de las excepciones recogidas en el proyecto a la aplicación de la norma -la isla balear de Formentera en su conjunto y diez enclaves del litoral peninsular- desconcierta tanto al representante legal de la Plataforma Nacional de Afectados como a las administraciones de las Islas.

En concreto, el caso de Formentera le parece incomprensible. "Es un gran misterio y no tiene ninguna base, ni jurídica ni científica", sostiene. A su juicio, "Canarias tiene 120.000 razones mucho más serias para pedir un tratamiento diferenciado con toda dignidad". En lo que no confía tanto es en la sensibilidad política para conseguirlo.