Hay una institución que por convicción propia le profeso un enorme respeto y no menos a la función que realiza en el marco de un estado constitucional. Institución a la que especialmente me unieron vínculos laborales en mi etapa de funcionario de la Administración de Justicia –no ejerciendo de fiscal - sino por destino como personal integrante de la escasa plantilla de funcionarios de carrera que integraban una de las fiscalías provinciales del reino y auxiliaban a esta en labores procesales y administrativas. Aunque este vínculo ni me impide ni me priva -en modo alguno- para seguir defendiendo y ejerciendo la critica a la configuración de su sistema actual. Y no menos cuando se analiza el actuar del fiscal anticorrupción del caso Nóos.

A muchos de los miles de imputados del reino les gustaría tener una defensa como la que – en apariencia- esta llevando a cabo este fiscal. Así el padre de la imputada – la infanta real - se podría haber ahorrado la minuta de los compañeros que ejercen la defensa. La mejor de las defensas que tiene su hija la esta ejerciendo el ministerio público, esto es el fiscal anticorrupción de Palma.

Así son las cosas. Y la evidencia canta, por más que pretendan tapar el sol con un dedo. La actuación de este integrante del ministerio fiscal –dentro de la legalidad e imparcialidad- es de un descaro sin precedentes.

A efectos didácticos, el Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley. Procurando la satisfacción del interés social. Los Fiscales ejercen las funciones que tienen encomendadas por medio de órganos propios, conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica.

El mandato constitucional de la dependencia jerárquica y el nombramiento por parte del Gobierno del Fiscal General del Estado, son lozas, -que a mi juicio- desvirtúan esta figura institucional. En cuya cúspide está el Fiscal General del estado que nombra el Gobierno.

Por lo que se puede concluir que la actuación del Fiscal que "defiende" a la hija del monarca está impulsada por el Fiscal General del Estado. Tan solo por sentido común. Pues este ha dicho públicamente que no ha motivos para imputar a la infanta.

El propio Consejo de Europa se ha referido en varias ocasiones a este problema planteado que se debe revisar el sistema para nombrar al Fiscal General del Estado. A mí me ha creado siempre la duda que al ser una figura institucional que depende del Gobierno -a quién le debe su cargo- no esté atento a las señales e intereses de este para después ejecutarlos. Y todo parece apuntar que así es.

Pero volviendo con la imputación. Es cierto, que en nuestro sistema procesal es de gatillo fácil. Es muy frecuente y fácil imputar. Cualquiera puede ser imputado. También coincidirán conmigo en que no era necesario usar los términos que ha usado el Ministerio Público –el fiscal- en claro ataque –legal- al Juez que firma el segundo auto de imputación. Este Juez– muy hábil- ha ignorado los calificativos que integran en el escrito. Le aplaudo – en esto- pues no hay mayor desprecio que no hacer aprecio. Algo infrecuente, pero que plausible a todas luces. Su señoría debió pensar que quien ostenta cargos –en este caso de Juez- debe tener espaldas para aguantar las cargas que genera la crítica a sus decisiones. Su señoría lo tiene claro.

El Ministerio Fiscal es una institución, independiente del poder jurisdiccional, aunque colaborador con éstos y tiene un papel destacado dentro del proceso penal ejercitando todas las acciones penales que considere procedentes Lo habitual es que en los procesos en que participan –y comparecen- tanto el Fiscal como el Juez, mantengan posturas encontradas. Pero hay veces, -como parece ocurrir en este caso Nóos- que las posturas son radicalmente opuestas. Pero no se deben perder las formas.

@inurriaabogado

(*) Abogado Director Bufete Inurria.