La Sección Primera de la Audiencia Provincia ha rechazado la recusación solicitada por el Partido Socialista contra la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Santa Cruz de La Palma, Oscarina Inmaculada Naranjo, que lleva la causa de la expulsión de los consejeros del Cabildo de La Palma de su formación y que emitió medidas cautelares que les devuelve la militancia socialista.

La petición del PSOE de apartar a la jueza del pleito se argumentó en el supuesto interés directo que la misma tenía en este caso al ser la pareja de un hermano de Raúl Camacho, consejero del Partido Popular en la institución insular, que gobiernan socialistas y populares después de censurar a la nacionalista Guadalupe González Taño. Las medidas cautelares fueron a la postre fundamentales para que la moción contra la ex presidente se entendiera válida por otro juzgado.

La Audiencia Provincial, más concretamente el presidente de la Sección Primera, Alvaro Gaspar Pardo, advierte en su resolución, contra la que no cabe recurso alguno, de que la petición socialista se produce después de que la jueza notificara las medidas a aplicar en esta causa, contraria a los intereses del PSOE, pese a que el hecho de que la magistrada mantuviera una relación con el hermano de un consejero "ya era conocido por todas las partes y por sus defensas".

La cúpula oficial socialista esperó, por tanto, al primer auto de la jueza para recusarla, cuando puedo hacerlo mucho antes, lo que ha marcado el caso.

La argumentación de la Audiencia Provincial es prácticamente la misma que utilizó el fiscal del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Santa Cruz de La Palma para rechazar, también, la recusación de la jueza. El letrado calificó que "cuanto menos sorpresivo" el momento en el que se planteaba la petición de apartar a la jueza del pleito, cuando "el hecho de que un consejero del Cabildo sea hermano de la pareja sentimental de la juez resultaba ya conocido por todas las partes, incluida esta representación pública, con anterioridad al auto, atendiendo al reducido ámbito territorial, poblacional y profesional que concurre en la realidad forense de La Palma, y no dio lugar a incidente alguno de recusación al no derivarse interés indirecto en este proceso".

La Audiencia Provincial resuelve, por tanto, devolver a la recusada a la causa en el mismo estado que se halla.