La sentencia de un juez determina que el Ayuntamiento de Arona debe pagar, presuntamente, alrededor de 2.400.000 euros a la empresa concesionaria del mantenimiento de edificios municipales y vías públicas, porque a finales del año 2010 el consistorio redujo, de forma unilateral y de manera irregular, la compensación económica aprobada con dicha adjudicataria varios meses antes.

Tras obtener la concesión de forma ilegal, según otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la unión temporal de empresas (UTE) formada por Elsamex y Tinerfeña de Obras Públicas debía ingresar anualmente casi tres millones de euros (2.983.365 euros).

Y en un pleno, celebrado el 30 de diciembre de 2010, se aprobó que la concesionaría debería percibir casi un 20% menos (19,72%).

Ahora trasciende que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife consideró en abril de 2013 que dicha medida adoptada por el grupo de gobierno de Arona no estuvo suficientemente justificada.

El Ayuntamiento se basó en un informe técnico para argumentar la viabilidad de la modificación del contrato. Y, en términos económicos, esa reducción de los ingresos para la concesionaria ascendía cada año a unos 588.000 euros.

Las dos empresas afectadas por la medida recurrieron y exigieron su derecho a percibir la totalidad de las cantidades que han dejado de cobrar, más los intereses legales.

Las sociedades afectadas argumentaron que el ayuntamiento, en primer lugar, no les dio audiencia para exponer su oposición a tal medida y, en segundo, que al consistorio le faltó motivar las razones de interés público por las que les redujo sus ingresos, seis meses después de haber firmado el contrato. Y en la sentencia se dice que la administración municipal no elaboró el necesario expediente administrativo y solo se basó en un informe insuficiente para tal operación.

Ante este nuevo varapalo judicial, desde la corporación municipal se planteó un incidente de ejecución de sentencia, al tener "dudas respecto de los términos en que deba llevarse a cabo la citada ejecución, en concreto, qué cuantía hay que abonar a la parte recurrente".