El Consejo Consultivo de Canarias parece empeñado en sacarle los colores al Gobierno de Canarias. A las correcciones que ha sugerido en las últimas semanas al proyecto de decreto por el que se regulan determinados aspectos de la Administración de Justicia, y a los argumentos en contra del recurso de inconstitucionalidad presentado contra la Lomce, se suma ahora otra advertencia, esta vez sobre la proposición de ley de Radio y Televisión Pública de Canarias.

En un dictamen emitido hace unos días, el órgano encargado de velar por la adecuación a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de las decisiones del Gobierno ha dictaminado que la citada proposición de ley, elaborada por Coalición Canaria (CC) y PSOE, "vulnera" la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, al establecer que se podrán hacer contratos temporales en RTVC sin las correspondientes pruebas de admisión.

El Consultivo advierte de que "todos los ciudadanos" tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de "igualdad, mérito y capacidad", por tanto su selección, ya sea personal funcionario o laboral, debe realizarse mediante procedimientos en los que se garanticen los citados principios.

Pero no se queda ahí el Consultivo. El órgano dependiente del Parlamento advierte también de que la PPL de socialistas y nacionalistas "no tiene" disposiciones transitorias que regulen la sucesión legal entre el antiguo ente RTVC y sus sociedades el nuevo ente y sus nuevas sociedades.

Esta ausencia de normas de derecho transitorio, dictamina el Consultivo, puede generar "inseguridad jurídica" respecto a las relaciones internas y externas del anterior ente RTVC y sus sociedades.

El órgano de consulta va aún más allá, pues también pone reparos a la posibilidad que se establece en el artículo 2.2 de la PPL de que RTVC pueda emitir contenidos "codificados".

"La difusión a través de canales codificados que contempla el precepto contradice lo dispuesto en el artículo 40.2 LGCA, que dispone que las comunidades autónomas, así como el Estado y las entidades locales, podrán acordar la prestación del servicio público de comunicación audiovisual con objeto de emitir en abierto canales generalistas o temáticos, acorde por lo demás con su carácter de servicio público", precisa el Consultivo.