La treintena de trabajadores labores que denunció al Ayuntamiento de Candelaria reclamando la condición de laboral indefinido pasará por el juzgado en septiembre. El juez de lo Social que lleva el asunto los cita para celebrar la vista correspondiente. La mayoría de ese colectivo realiza su trabajo en el edificio principal del consistorio y forma parte de un grupo de unos 120 empleados de la corporación que perdieron la condición de funcionario interino y laborales indefinidos por la aplicación del Plan Operativo de Recursos Humanos (comúnmente, Plan de Empleo) diseñado y aprobado por el gobierno municipal el mandato anterior.

Los más de treinta trabajadores no solo reclaman por la vía judicial la reconsideración de su categoría laboral, sino el abono de las cantidades que dejan de percibir en concepto de diferencia entre lo que cobra un laboral y lo que recibe un laboral indefinido.

El 29 de octubre de 2009, el gobierno municipal aprobó el Plan Operativo de Recursos Humanos con el fin de regularizar y dar estabilidad a un gran número de trabajadores del consistorio. Una parte de ellos pasaron a ser funcionarios interinos y otros, laborales indefinidos. Este punto de la sesión plenaria contó con el voto positivo de los socialistas, la abstención del concejal no adscrito, Pedro Rodríguez, y el pronunciamiento contrario de CC y PP. La aprobación definitiva se produjo el 14 de enero de 2010 con los únicos votos a favor del PSOE.

En septiembre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló el Plan Operativo de Recursos Humanos por "la violación de los principios de igualdad, mérito y publicidad; la realización de funciones reservadas a los funcionarios de carrera por personal de confianza y alterar la legalidad en la transformación del personal laboral indefinido en funcionarios interinos".

El propio TSJC comunicó, el 17 de enero pasado, al ayuntamiento la firmeza de la sentencia y, por tanto, su aplicación.

El gobierno municipal siempre defendió que el TSJC mantiene el grueso del Plan Operativo y que solo anuló los puntos 4 y 5, referidos a los cambios de categorías.