La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de siete meses y 15 días de prisión para una mujer por haber golpeado, en al menos dos ocasiones, a su hijo de 17 meses. Asimismo, se le ha prohibido acercarse al pequeño a menos de 500 metros durante dos años.

Según declaró probado un Juzgado de lo Penal, y consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se condenó a la mujer como responsable de dos delitos de malos tratos por haber golpeado a su bebé de 17 meses "con ánimo de menoscabar su integridad física" y haberle ocasionado varias lesiones.

Contra esta sentencia, la defensa de la condenada presentó un recurso de apelación en el que alegaba que había habido error en la apreciación de la prueba.

Sin embargo, la Sala ha rechazado este recurso "atendiendo a la importancia y gravedad que entraña el maltrato en el ámbito familiar respecto de las personas más débiles en la relación conyugal o familiar".

La mujer "pretendió escudarse, por un lado, en que el niño sufrió una caída", pero la Sala entiende que es "irrefutable" que el tipo de lesiones que presentaba el menor "no son compatibles con una caída", ya que, aunque "aunque pudiera haber caído en una ocasión", la Audiencia dice que esto "no explica el mordisco en el glúteo".

Asimismo, la acusada también "intentó inculpar a la abuela paterna", pero el padre del menor, que actuó como testigo, aseguró que era la mujer la que cuidaba a sus hijos.

Por todos estos hechos, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado la pena de siete meses y 15 días de prisión para la mujer, que no podrá acercarse al menor durante dos años a menos de 500 metros --un año por cada delito de malos tratos--.