El arquitecto municipal de Tazacorte, Rosendo Luis Brito, ha presentado en el juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Los Llanos de Aridane, un recurso a la decisión de la jueza de imputarlo en el "caso" Los Tarajales, por favorecer con sus informes técnicos la construcción de un inmueble dentro de los dominios de Costas.

El arquitecto municipal emitió en 2005 dos informes favorables al expediente de construcción del inmueble en la costa de Tazacorte, obviando sentencias contrarias a las obras para la ejecución del edificio del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2002 y de la Audiencia Nacional de 2004, razones que para la instructora del caso son suficientes para su imputación por un presunto delito de ordenación del territorio y prevaricación.

En su recurso, el técnico municipal expone que los dos informes que emitió fueron acordes al planeamiento vigente en aquel momento, "lo que queda refrendado además por un informe del asesor jurídico municipal (ya fallecido), en el que se señala que el planeamiento aplicable era el año 2004", toda vez que las citadas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y de la Audiencia Nacional "no eran firmes".

El abogado del arquitecto municipal advierte de que en el resto de hechos de la causa abierta "no ha tenido ninguna participación mi representado, que no es ni siquiera citado (por la jueza) en hechos posteriores como la concesión de la licencia de obra ni en la autorización para el comienzo de la misma, concedida el 8 de noviembre de 2005". Es más, subraya el letrado, en el auto judicial "se señala literalmente que no consta que se reuniera nuevamente la comisión informativa para tratar la cuestión relativa al nuevo proyecto de ejecución y autorización de obras, ni informe técnico sobre la adecuación de este proyecto al proyecto básico aprobado con carácter previo".

El abogado de Rosendo Luis Brito recuerda a la juez que "mi representado es arquitecto y desempeña sus funciones en cuanto a la correción técnica y adecuación del proyecto al planeamiento, sin que entre dentro de su competencia discernir qué planeamiento es el que resulta aplicable ante la existencia de sentencias no firmes que pudieran incidir en dicha cuestión".

El recurso reitera en varias ocasiones que los informes del arquitecto municipal "se basan en la aplicación de la normativa en vigor" y hace mención también en diferentes oportunidades "al informe del jurista asesor municipal", que, por otro lado, ya no se puede defender. El abogado sostiene que no puede entenderse "cuál es la supuesta actuación prevaricadora desplegada" por su defendido. Es más, se pregunta "¿qué animo o interés ajeno al ejercicio del cargo que tenía encomendado hubiera motivado a mi representado a emitir los informes en los términos expuestos".

La jueza cuenta sobre su mesa con los recursos presentados por todos los imputados (exalcalde, ediles de Unión Bagañeta-Coalición Canaria y arquitecto municipal), además de por la parte querellante (Inversiones Cock SLU e Isla Bonita Tazacorte SL), por lo que solo resta por conocer su decisión al respecto antes de decidir la fecha del juicio, siempre y cuando mantenga alguna de las imputaciones.