El alcalde de Santa Cruz de Tenerife, José Manuel Bermúdez, ha suscrito hoy un nuevo decreto para la adopción de medidas extraordinarias que permitan intensificar las actuaciones de impulso, agilización y simplificación administrativa relacionadas con el temporal del pasado día 19 de octubre.

La decisión tiene que ver con todos los procedimientos que se tramiten como consecuencia de las lluvias torrenciales, así como los daños ocasionados por dicho fenómeno meteorológico, ha informado hoy el Ayuntamiento en un comunicado.

La firma del decreto, elaborado desde el viernes, solo estaba a la espera de que el Gobierno de Canarias publicase la convocatoria de ayudas a los damnificados.

Entre las medidas que acometerá el Ayuntamiento destaca la aplicación de la tramitación de urgencia a todos los procedimientos administrativos, excepto los referidos a obras, que ya fueron decretadas de emergencia.

De igual manera, se cursa orden al área de Hacienda para que adopte todas las medidas necesarias para la financiación de las actuaciones, a efectos de garantizar la existencia del crédito adecuado y suficiente para hacer frente a todas las necesidades que puedan surgir.

También se solicita al área de Recursos Humanos la adopción de las medidas necesarias para dotar a todos los servicios municipales implicados de los medios humanos necesarios.

El decreto contempla, igualmente, medidas de agilización en materia urbanística, entre las que figura la reposición o reconstrucción de las instalaciones, construcciones o edificaciones afectadas por las lluvias.

Del mismo modo, las obras amparadas en una orden de ejecución dictada por la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) no devengarán tasas en concepto de servicios urbanísticos y tampoco podrán gravarse con el impuesto sobre construcciones e instalaciones.

En el documento suscrito por el alcalde se establece también el refuerzo de los recursos personales del área de Atención Social.

Para ello se prevé la contratación de cuatro trabajadores sociales, durante los próximos tres o cuatro meses, con el fin de incorporarlos de inmediato al personal encargado de la tramitación de las ayudas que se soliciten.

Para la obtención de las ayudas previstas será necesario acreditar la residencia habitual y permanente en el municipio, a través del correspondiente certificado de empadronamiento.

Este documento se aportará de oficio por el propio Ayuntamiento, sin que el interesado tenga que abonar tasa alguna por la expedición del mismo.