Los condenados por violencia de género no podrán hacer voluntariado con familias, mujeres ni menores, ya sea en España o en el extranjero, según una de las previsiones del anteproyecto de Ley del Voluntariado que aprobó ayer el Consejo de Ministros y que iniciará ahora su fase de informes.

La iniciativa fija el régimen jurídico de las personas voluntarias y sus relaciones con las entidades, establece el marco jurídico de la administración, contempla otros ámbitos de voluntariado y tiene en cuenta no sólo la actividad en suelo nacional, sino que abarca también actuaciones en el extranjero.

Por primera vez, establece restricciones para quienes quieren desempeñar una actividad de voluntariado: los condenados por delitos contra menores no podrán participar en proyectos que conlleven contacto con ellos; y los condenados por violencia de género o por violencia doméstica no podrán formar parte de programas que supongan contacto con familias, mujeres o jóvenes.

Además, los menores de 18 años necesitarán autorización de sus padres o tutores legales para poder hacer voluntariado y las personas con discapacidad y mayores "ejercerán su labor en formatos adecuados y en condiciones acordes a sus circunstancias personales, sobre la base de la accesibilidad", conforme explica el departamento que dirige Alfonso Alonso.

También establece normas para las entidades, que deberán estar legalmente registradas, desarrollarán programas de acuerdo con el interés general, podrán contarán con voluntarios sin menoscabo de los trabajadores en plantilla que requiera para su día a día y suscribirán una póliza de seguro que cubra los riesgos de los mismos. Además, tendrán que acreditarles y garantizar su formación e información.

El anteproyecto contempla asimismo restricciones para las administraciones públicas, que favorecerán que sus trabajadores adapten o reduzcan su jornada laboral para la ejecución de actividades de voluntariado, lo que puede significar la suspensión del puesto de trabajo con reserva de plaza o la interrupción de la prestación. No podrán fomentar iniciativas de voluntariado que reemplacen los servicios públicos que están obligadas a prestar.

"El voluntariado tiene que ser libre, gratuito, no puede sustituir al trabajo remunerado. Se amplía además ahora a otros aspectos de la sociedad civil y se establecen los derechos y deberes de los voluntarios, lo que redunda en que tengan mayor protección jurídica a la hora de desarrollar su labor", ha destacado el ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Según explica el Ministerio de Sanidad, la iniciativa se articula en cinco ejes: regulación diferenciada, nuevos mecanismos de cooperación de las administraciones con las entidades locales, la apertura del voluntariado a otros ámbitos y la incorporación de nuevos actores, como las universidades y las empresas.

En este sentido, dice que las empresas podrán participar en actuaciones de voluntariado "siempre que se adapten al interés general que define la norma"