El Tribunal Supremo ha agravado las condenas impuestas por delitos de tenencia y difusión de pornografía infantil en casos especialmente degradantes y vejatorios, lo que abre la puerta a penar estas conductas agravadas con hasta nueve años de cárcel.

De este modo, los magistrados consideran aplicable a los distribuidores y poseedores de ese material, y no sólo a los productores, las agravantes derivadas del carácter degradante o violento de las prácticas sexuales a que son sometidos los niños que aparecen en las imágenes.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que el Alto Tribunal revisa el caso de un hombre que tenía en su casa 290.000 archivos informáticos que incluían fotos y vídeos de prácticas sexuales con niños desde 3 años de edad.