La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dado carpetazo al caso mamotreto inadmitiendo los incidentes de nulidad de sentencia y recordando a los acusados que esta es firme.

En la providencia judicial, notificada el pasado jueves y dada a conocer ayer por ElDiario.es, el presidente de la Audiencia Provincial no admite a trámite los incidentes de nulidad presentados por los abogados de Epifanio Gómez Sánchez, técnico de Urbanismo; Manuel Parejo, exconcejal de Urbanismo; José Domínguez Pastor, exconcejal de Obras y Candelaria Benítez, técnico de la Gerencia de Urbanismo.

De hecho, incide en que los escritos presentados por las representaciones de Epifanio Gómez, Manuel Parejo y José Domínguez Pastor "son absolutamente coincidentes". En estos se alega que el tribunal que ha dictado una resolución judicial no puede ser el mismo que resuelva el incidente de nulidad por "el principio de juez imparcial". Esto no se admite aludiendo a que para esto está la vía del amparo al Constitucional.

Sobre la falta de motivación de la sentencia, que también argumentan estos incidentes casi idénticos, la Audiencia considera que el fallo de primera instancia como el de la Audiencia "se han pronunciado". "La mera discrepancia de los solicitantes sobre estas cuestiones no puede fundar una pretensión de nulidad", concluye.

Sobre el escrito presentado por el letrado de Candelaria Benítez, que argumentaba su incidente de nulidad en que fue juzgada por una infracción del artículo 319.1 y condenada por el 319.2, la Audiencia especifica que se analizaron en el fallo "con cita jurisprudencial los motivos por los que no se considera infracción del principio acusatorio, de manera que no puede pretenderse por esta vía incidental una nueva valoración de lo resuelto".

También rechaza la posibilidad de que "la valoración de la prueba" no resultara "lógica" en función "de las competencias que correspondían a la acusada". La providencia dice que no va a entrar en "una nueva valoración jurídica de las cuestiones planteadas en primera y segunda instancia", dado que se reiteran "argumentos ya expuestos en sus respectivos recursos de apelación".

A los acusados, una vez agotada esta vía, solo les queda plantear un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, algo que ya ha hecho el letrado Eligio Hernández, cuyo incidente de nulidad sobre el exconcejal Norberto Plasencia y la técnico Loreto Ariz ya fue rechazado por la Audiencia Provincial con anterioridad.

Así, el inicio del cumplimiento de la sentencia en todos sus términos está cada vez más cerca.

La última vía de las medidas cautelares

Al final de la providencia, el presidente de la Audiencia Provincial señala que se puede interponer "recurso de súplica" en los tres días siguientes a su notificación.

A parte de esto, una vez agotados todos los recursos e incidentes, a los letrados solo les queda interponer un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, al que podría plantearle como medida cautelar la petición de la suspensión de la ejecución de la condena hasta que el mismo confirmara si admite los recursos.

Esto ya lo hizo el abogado de Candelaria Benítez ante el Juzgado de lo Penal número cinco, al entender que hasta que no se resolvieran los incidentes de nulidad de sentencia no debían de comenzarse a cumplir las sentencias. El argumento era que si alguno de los incidentes de nulidad prosperaba, la sentencia (y por tanto sus condenas) tendría que revisarse y, en caso de haber iniciado el cumplimiento, tendría que compensarse a los afectados. Al rechazarse los incidentes, estas medidas cautelares ya no tienen razón de ser.