La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó ayer liberar un crédito presupuestario para abonar el total de 40 ayudas de vecinos afectados por la riada del 19 de octubre rechazadas por la Delegación del Gobierno por entrar supuestamente un día después de que expirara el plazo.

"Los vecinos no tendrán que sufrir la incompetencia del Gobierno de España -zanjó José Manuel Bermúdez- y, en su lugar, lo pagaremos todos a través del presupuesto municipal".

El alcalde señala que el importe total de estas ayudas podría ascender a 120.000 euros, habida cuenta de un máximo de 3.000 euros por solicitud y son 40.

En concreto, el acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno se compone de cuatro puntos. El primero de ellos es "reiterar el escrito de 18 de noviembre de 2014 de relación de daños en las infraestructuras municipales". También reiteran la comunicación del 11 de marzo, que es la que recurre la inadmisión de las solicitudes de ayudas presentadas, por supuestamente haberlo hecho un día más tarde.

El ayuntamiento también va a "solicitar al Ministerio del Interior, en base al artículo 7 del Real Decreto 307/2005, la estimación de todos los recursos presentados por los vecinos afectados".

La base de este rechazo es el citado artículo, que establece: "Las solicitudes se presentarán [...] en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente a la provincia en que se hayan producido los hechos [...], en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de terminación de tales hechos".

Por "hechos", la Delegación de Gobierno entiende el 19 de octubre y el ayuntamiento cuando se levantó la alerta decretada. "Lo lógico es que el plazo contara a partir de que se levante la emergencia", argumenta el alcalde.

José Manuel Bermúdez también se queja de que el Estado elabora decretos extraordinarios para abrir líneas de crédito cuando ocurren catástrofes. Como ejemplo pone el Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales en los meses de enero, febrero y marzo de 2015. En Santa Cruz, sin embargo, no se dictó ninguna norma especial y se remitieron a la general.

Responsabilidad patrimonial

Fuentes de la Delegación del Gobierno explicaron ayer que la norma es la que es y que todas las administraciones están sometidas a ley de procedimiento administrativo y no se pueden alterar los plazos en ningún caso. En caso contrario, estarían cometiendo un delito de prevaricación. Según pudo saber este periódico, el funcionario que tramitaba las ayudas informó mal sobre el plazo, que es "de un mes una vez finalizado el hecho causante" y que, además, este había cambiado respecto a catástrofes anteriores. En este sentido, el ayuntamiento se podría estar adelantando a futuras reclamaciones patrimoniales de los 40 vecinos que fueron supuestamente mal informados adelantando su compromiso para poner el dinero. En este caso, más allá de la responsabilidad patrimonial de la administración, habría una responsabilidad achacable al funcionario que interpretó de forma errónea un real decreto marco.