La declaración de la secretaria accidental del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, Petra María Ramos, fue una de las claves para que la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife decidiera absolver al exalcalde de Los Llanos de Aridane, Juan Ramón Rodríguez Marín, de toda culpa en la falsificación de documentos para la instalación de un kiosco de información turística en la zona de Puerto de Naos.

La sentencia dice que tras el juicio celebrado en el juzgado de Santa Cruz de La Palma "no consta" que el exalcalde "conociera el exacto grado de ejecución de las obras" cuando decidió firmar la recepción de las mismas sin que aún estuvieran acabadas. A propósito, hay que hacer especial hincapié en que desde la Sala se le preguntó directamente a la secretaria municipal si creía que Marín era consciente de que lo que estaba firmando.

Ramos reconoció que desconocía si Marín "ya sabía si la obra estaba o no terminada" cuando el 30 de junio de 2010 firmó la recepción de la obra, pero no dudó ni un instante antes de afirmar que al exregidor municipal "no le da tiempo de leer todo lo que firmaba, es imposible" debido al volumen de papeles que cada día debía ratificar. Esa declaración fue, a la postre, determinante.

En la sentencia incluso se recoge la visión expresada por la secretaria del ayuntamiento. Textualmente se dice que "el movimiento de expedientes, actas, documentos y otras funciones (hecho al que se refiere la funcionaria que declara como testigo y que ejerce las funciones de secretaria municipal), resultaría excesivo considerar grave o inexcusable la eventual ausencia de diligencia que pudiera derivar de no haber comprobado personalmente (Marín) la autenticidad de la declaración que contenía el documento".

La Sala ve incluso más responsabilidad en lo ocurrido (siempre según la sentencia) en el antaño concejal de Obras, Isidro Javier González Brito, que en principio también estaba imputado en la causa, que en Juan Ramón Rodríguez Marín. Es más, la propia funcionaria municipal acusada a 18 meses de prisión por falsificación de documentos, declaró que "materialmente elaboró el acta de recepción de la obra siguiendo indicaciones del mencionado concejal".

La resolución judicial da un paso más allá en su visión de lo ocurrido, para señalar que en las declaraciones realizadas durante el juicio "ninguno de los implicados sostiene que el alcalde acusado tuviera conocimiento de la situación real de la obra; en alguna de estas declaraciones se señala a la intervención personal del concejal de Obras".