Si quieres las comes y si no, las dejas. Esta es la práctica comercial de Telefónica de España SAU. Tal se desprende de una carta enviada a los clientes de Movistar Fusión ofreciéndoles "el mejor acceso de Banda Ancha, la mejor cobertura nacional de Fibra Óptica 4G, así como una oferta de TV diferencial con una experiencia única (...)". Y de esta guisa, en el tercer párrafo de la carta dice: "A partir del próximo 5 de mayo de 2015 cambia el precio de su producto Movistar Fusión. Por ello, a partir de dicha fecha, el precio del producto pasará a ser de 65,38 euros/mes en su modalidad Fusión Fibra 4G".

O sea, o aceptas el sablazo (las comes) o te das de baja (las dejas). Y uno, yo, que ha sido fiel a Telefónica a lo largo de muchos años, rechazando la insistente presión comercial vía teléfono fijo de otras operadoras tal que Jazztel (más de 300) y de ONO (más de 40), se ve con la desagradable sorpresa de la subida justo al año y medio, periodo de obligada permanencia, de haber contratado la modalidad Fusión Fibra 4G al precio de 53 euros/mes.

Y te meten las cabras en el corral al anunciarte una subida del 22,5%. Ello te hace indagar en el 1004 respecto de tal atraco; te dicen que el nuevo precio del producto, al ser cliente en Canarias, será de 59 euros/mes. O sea, la subida queda en un 10%. Esto es, ha pasado de ser el atraco al tren de Glasgow a ser el asalto a una diligencia del lejano Oeste. Debes considerarte feliz. Y no hay organismo público ni normativas que controlen tal metida de mano en la cartera por parte de quienes se mueven en régimen de oligopolio, si no de monopolio. ¿Es esto la economía de mercado?

Te vas al contrato que firmaste hace año y medio y en su cláusula tercera dice: "El acuerdo entre Movistar y el Cliente tendrá una vigencia indefinida". Y como llevo oyendo lo de "indefinido" a políticos y sindicatos, respecto de los contratos de trabajo, como la panacea de la buena y deseable contratación, que tan escasamente se da, pienso que aquella vigencia no debería haber sido modificada por Movistar. Pero con la mosca detrás de la oreja, acudes al DRAE y ves que la acepción 2 de "indefinido" dice: "Que no tiene término señalado o conocido". Sólo eso. O lo que es igual, que el término de la vigencia de lo contratado lo puede señalar y dar a conocer en cualquier momento quien tiene la sartén por el mango. En el caso que nos ocupa, Telefónica. En el caso laboral, el empresario. En definitiva, en cualquier caso, ajo y agua.