El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que la Confederación Española de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (Ceapa) presentó contra el decreto de junio de 2014 que regulaba las becas y fijaba límites de notas para acceder al régimen de ayudas al estudio.

El decreto establecía para el curso actual los límites de renta y patrimonio para recibir ayudas, así como las cuantías de las mismas. Además, fijaba la exigencia de una nota concreta para el acceso al régimen de becas. Este último era el punto recurrido por la Ceapa.

De acuerdo a la interpretación de los recurrentes el decreto supuso un "cambio de paradigma", pues se pasó de un sistema basado en la situación socioeconómica del beneficiado a otro basado en el rendimiento académico.

El TS responde señalando que el rendimiento académico es un "concepto indeterminado" que está presente en las leyes orgánicas que regulan los aspectos fundamentales de la Educación, aspectos que desarrolla el decreto impugnado.

"La beca tiene por objeto garantizar que sea efectiva la igualdad en el ejercicio del derecho de acceso a la educación respecto a estudiantes en condiciones socio-económicas desfavorables", pero la ley también contempla que "se conjugue este sistema con el rendimiento académico", dice la sentencia.

En las leyes que regulan las bases del sistema educativo, además, no solo está presente el rendimiento académico, sino que se da poder expreso al Gobierno "para que lo integre en la regulación que haga, tanto general como por cursos", dice también la sentencia.

Por tanto, el recurso debería haber argumentado por qué razón concreta se ha realizado una mala aplicación de este concepto de "rendimiento académico" en el decreto impugnado, agrega el alto tribunal.

Y además, el recurso debería haber señalado por qué esa mala aplicación dañó el objetivo de igualdad perseguido con las becas.

Para sustentar que el decreto da lugar a "una diferencia de trato injustificada", el recurso contra el decreto debería haber "traído a consideración de la Sala un término de comparación válido y aceptable y exponer cómo a quienes están en la misma situación jurídica la norma les confiere un trato desigual contrario a derecho", dice en este sentido la sentencia.

Como los recurrentes no han precisado su reclamación en este sentido, el Supremo rechaza su recurso.

"Esperábamos más"

La Confederación Española de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos afirmó ayer que acata el rechazo del TS a su recurso contra el decreto del pasado año de becas y ayudas al estudio, pero ha afirmado que "esperaban más". El portavoz de Ceapa, José Luis Pazos, admitió que confiaban en que el Supremo "entrara en el fondo" del recurso y que "no que se limitara a hablar de lo que se suponía que el abogado de los recurrentes tendría que haber hecho en función de lo que los magistrados esperaban leer".