La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha abonado en los cuatro últimos años 14,2 millones de euros en concepto de reclamaciones patrimoniales por funcionamiento anormal del Servicio Canario de Salud (SCS). Así consta en una respuesta parlamentaria de la propia Consejería a la pregunta del diputado del Partido Socialista Jesús Morera en el que detalla que esas cuantías corresponden a la suma de las sentencias judiciales firmes o y las resoluciones administrativas.

En concreto, en el periodo comprendido entre 2011 y 2014 se registraron 74 reclamaciones patrimoniales por vía administrativa y 156 por vía judicial. Respecto a la cuantía de las indemnizaciones, el SCS detalla que pagó 2.499.705,42 euros por la vía administrativa y 11.741.133,49 por la judicial.

Cabe destacar que si bien cuando se habla de mal funcionamiento o de funcionamiento anormal, inmediatamente se piensa en negligencias médicas, lo cierto es que también se enmarcan otras cuestiones como, por ejemplo, los agravamientos por demoras excesivas.

"Hay una regulación sobre tiempos y listas de espera y hay que ver si se incumple esa normativa específica. Si no existe esa normativa se queda a criterio de interpretación si se ha actuado negligente o diligentemente con ese paciente. Es complejo porque se pasa de una responsabilidad puramente objetiva, que es la administración responde objetivamente siempre que haya una anormal prestación del servicio, pero eso con la jurisprudencia se está matizando cada vez más y se exige más otro tipo de cosas como la cuantificación del daño", detalla el experto en derecho Raúl Alonso.

En términos de responsabilidad civil, en asuntos de salud no existe un baremo que especifique qué consecuencias tiene que no se realice una operación en un determinado plazo por lo que cada vez hay cada vez más gabinetes especializados en peritaciones médicas.

"El tema probatorio es muy complicado porque, por ejemplo, ¿cuánto cuesta la pérdida de una pierna? ¿1.000, 3.000, 100.000?", se pregunta Alonso antes de recordar que en la actualidad solo hay una normativa que funciona para los accidentes de tráfico que tiene un baremo público en función de la lesión, la edad, las cargas familiares, los recursos económicos. "Este baremo se hizo necesario porque si una persona se accidentaba en Tenerife y, por ejemplo, perdía una mano era posible que le indemnizaran con 5.000 euros y el mismo caso en Pontevedra contemplaba 10.000, por lo que se fijó un baremo objetivo y único", abunda el experto.

Cuando existe un funcionamiento anormal del servicio, inicialmente se tiene que acudir a la vía administrativa y una vez que esta se agota, porque no contesta en plazo o porque no resuelve favorablemente, se va a la judicial.

"Nuestras administraciones públicas, por desgracia, no son eficientes en la contestación y en atender a los ciudadanos para que pueden ejercitar sus derechos frente a ella. Primero hay que reclamarle a la propia administración y luego se va a la vía judicial. Que en la vía judicial haya más del doble de casos que por la administrativa se explica porque la mayoría se deniegan en la administración", detalla Alonso.