El Tribunal Supremo (TS) confirmó la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al rechazar el recurso interpuesto por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) contra la sentencia que anuló gran parte del Plan General de Arona hace un año.

El TS respalda la sentencia emitida el 25 de abril de 2014 por la Sección Segunda de la Sala de Contencioso Administrativo del TSJC, para la que en la aprobación del planeamiento por el ayuntamiento (pleno del 27 de enero de 2011), el documento contenía modificaciones sustanciales posteriores a la aprobación parcial del Plan por la Cotmac (20 de diciembre de 2006).

Además, no se tuvo en consideración el Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT), una normativa superior que condiciona aspectos del planeamiento municipal. En ese sentido, la Sala alude a la recalificación de suelo de ámbitos turísticos sin el preceptivo plan especial.

La sentencia también alude a la conculcación de legislación medioambiental al no incluir los informes sobre el impacto de varios planes.

En su día, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias se pronunció contra el emplazamiento de mucho equipamiento público (parques urbanos, esencialmente) en barrancos, laderas, Malpaís de Rasca y en otras áreas protegidas.

La recalificación de suelo en unidades de actuación con un criterio "arbitrario" y no incluir el número mínimo de viviendas que obligatoriamente deben formar parte del parque de las destinadas a promoción pública u oficial, las VPO, son otros aspectos aceptados como causas para anular el planeamiento de Arona.

Esta situación del Plan General de Arona, según algunas fuentes municipales, abre la vía a la reclamación de compensaciones económicas por parte de empresarios y particulares afectados.

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