Santa Cruz de La Palma fue en el siglo XVIII el primer municipio español que eligió a sus cargos electivos mediante unas elecciones en las que participaban únicamente los varones que no fueran criados y en las que se designaban todos los cargos del Ayuntamiento menos al alcalde, que era un funcionario o representante del rey.

Parte de la población de la capital de la isla de La Palma pudo elegir por primera vez en el año 1773 a todas las personas, excepto el alcalde mayor nombrado por la Real Audiencia o en ultima instancia por el Consejo de Castilla, que conformaban el consistorio, del que también formaban parte cuatro regidores bienales, dos diputados y un síndico personero.

El profesor titular de Historia Moderna de la Universidad de La Laguna (ULL), Adolfo Arbelo, explica en una entrevista que estas elecciones se celebraron después de que se suprimieran los regidores perpetuos, cargos comprados y hereditarios que dominaban todo el poder político y económico y a los que se les acusó de mala administración y gestión de los recursos del Ayuntamiento.

Los regidores perpetuos pasaron a ser regidores elegidos cada dos años gracias al papel que desarrolló el comerciante Dionisio O''Daly y el abogado Anselmo Pérez de Brito, quienes protagonizaron el pleito de los regidores perpetuos en Santa Cruz de La Palma, único ayuntamiento que tenía toda la isla.

Ambos acusaron a los regidores perpetuos, que quedaron marginados y desposeídos, de malversación de los caudales públicos ante la corte de Carlos III en el Consejo de Castilla, fenómeno que solo se dio en Santa Cruz de la Palma, donde a raíz de esta denuncia todos los cargos menos el del alcalde era electivo.

Esto no significa que el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma fuera el primer gobierno municipal democrático de España, matiza el especialista, sino que se trata de un proceso de elección "único y singular" que, sin embargo, no tiene nada que ver con lo que conocemos por democracia a día de hoy.

"El concepto de democracia en el siglo XVIII en una monarquía de un absolutismo ilustrado no existía", asegura el profesor de la ULL, quien lleva más de diez años trabajando en una investigación que prevé finalizar este año titulada "Los representantes del común frente a los regidores perpetuos en la isla de La Palma: La singularidad de un proyecto reformista en la España moderna".

La función del regidor bienal era dedicarse a las actividades más significativas, como las relaciones y el comercio con América, la recaudación de impuestos y hacer cumplir las leyes.

Por su parte, el diputado del común vigilaba los abastos y todo el mecanismo de funcionamiento del ayuntamiento, mientras que el síndico personero defendía los intereses del común.

Las elecciones de estos dos últimos cargos se empezaron a celebrar en 1766 y a partir del año 1773 fue cuando se logró, de forma excepcional en La Palma, que se pudiera elegir también al regidor bienal pero no al alcalde, que no dejó de ser funcionario hasta la segunda mitad del siglo XIX.