La Consejería de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias ha modificado el reglamento regulador de los centros y servicios que actúan en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia para permitir la incorporación de los trabajadores autónomos a la prestación de servicios remunerados, creando la figura del asistente personal.

Con esta medida el Ejecutivo canario acaba con el monopolio que hasta ahora tenían las grandes empresas o instituciones sociales y abre la puerta a que particulares con titulaciones oficiales, vinculadas a las prestación de servicios sociales y cuidados personales, puedan prestar estos servicios a los dependientes.

En concreto, el Gobierno de Canarias ha publicado un decreto por el que introduce cambios significativos en la normativa, incluyendo la posibilidad de que trabajadores autónomos y no solo empresas puedan ofrecer servicios de dependencia, algo que parece que puede afectar sobre todo a la ayuda a domicilio.

Se introduce una profesión novedosa como es el asistente personal, que ofrece a la persona dependiente una atención personalizada. Esto significa que se profundiza en la promoción de la prevención de la dependencia.

Además, el decreto ahonda en la tipología de los servicios, como el de teleasistencia y ayuda a domicilio, ya que con esta modificación son definidos de forma más pormenorizada.

En relación a los centros, la nueva normativa amplía la definición no solo para las personas dependientes sino también para personas no dependientes, o sea, personas válidas que por su situación personal o familiar se encuentren solas y necesiten residir en un centro.

También amplía la figura de los centros ocupacionales, que hasta ahora solo ofrecían servicios para personas con discapacidad y que ahora abre el abanico e incluye a las personas mayores.

Otra de las modificaciones que se incorpora es la regulación de los centros de rehabilitación psicosocial, que son centros diurnos para enfermos mentales.

Por último el decreto flexibiliza y permite las acreditaciones temporales parciales.

En ese caso, los centros y servicios podrán ser objeto de una acreditación temporal parcial respecto de aquellas instalaciones o dependencias que, por su diferenciación e individualización del resto, constituyan una unidad organizada funcional y materialmente para la prestación de servicios de dependencia.

Según Bienestar Social, esta medida facilitará la implantación de una red de centros acreditados en las Islas aunque aclara que la vigencia de estas acreditaciones parciales no podrá superar los cinco años.