El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto para facilitar el acceso de los emprendedores y las pymes a los contratos públicos.

En la referencia del Consejo, el Gobierno afirma que el Real Decreto supone una disminución de las cargas administrativas para las empresas licitadoras y fomenta la competitividad, lo que según el Ejecutivo permitirá un acceso más fácil a los contratos públicos a las pequeñas y medianas empresas (pymes) y emprendedores.

El Real Decreto elimina la obligatoriedad de clasificación en los contratos de servicios, aunque las empresas podrán seguir utilizando facultativamente la clasificación como modo de acreditar su solvencia en aquellos tipos de contratos que son recurrentes y tienen unas características comunes.

Asimismo, en los contratos de obras se modifican y simplifican las categorías de clasificación.

Se amplía el período en el que los trabajos ejecutados pueden ser tenidos en cuenta para acreditar la experiencia de las empresas, que pasa de cinco a diez años para contratistas de obras y de tres a cinco años en los de servicios.

También se permitirá considerar como experiencia la de obras de filiales en el extranjero de empresas españolas que, por la crisis, se han visto obligadas a intensificar su actividad en el exterior.

Además, se establece la exención de acreditar solvencia técnica, económica y financiera cuando el valor de los contratos de obras no exceda 80.000 euros y cuando el importe de los contratos de servicios no supere 35.000 euros.