Leíamos hace unos días en uno de los medios de comunicación más importantes de la Isla, unas desafortunadas declaraciones que se hicieron desde el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santa Cruz, relativas a la petición de alquileres sociales para algunas personas que malviven en las chabolas del Pancho Camurria y sobre la denegación de la inscripción padronal a familias, muchas de ellas con menores a cargo, que se encuentran en circunstancias de ocupación por necesidad.

Por el tono de las declaraciones, parece que quieren solucionar el problema metiéndolos a todos en el mismo saco, como siempre, no solucionando nada y tratando de justificar su falta de intervención. Agarrándose a la criminalización de los más vulnerables, queriendo dar la impresión de que todos tienen problemas de marginalidad, toxicomanía, son delincuentes o inmigrantes irregulares. Obviando que muchos de ellos están ahí por razones económicas y que su situación se agrava cuanto más tiempo pasa y más rechazados se sienten, degenerando en patologías diversas que les conducen a la exclusión severa. Claramente, esa criminalización provoca la marginalidad que todos rechazan.

Hay que aclarar que esta situación no es nueva para nadie, que los Servicios Sociales, aún siendo conocedores desde hace años de las circunstancias que viven las personas allí ubicadas, no han sido capaces de realizar una gestión adecuada, que garantizara la igualdad efectiva de esos ciudadanos que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad. Posiblemente se deba tan solo a una cuestión de voluntad política, ya que nos consta que existen buenos profesionales en la administración. Pero tanto en lo que se refiere a su inserción social como, de una forma concreta, en su relación con patologías, adicciones y dependencias, no se han establecido cauces claros y directos de acceso o derivación a programas adaptados a sus características. Mucho menos se ha asegurado un alojamiento alternativo, digno, que posibilitara su integración.

Tampoco se han promovido redes de apoyo, ni búsqueda de alternativas diversificadas para paliar las necesidades detectadas o que pudieran detectarse en un futuro. Una realidad hecha pública en multitud de ocasiones, por el escandaloso crecimiento de chabolas, muertes de indigentes en el más completo abandono, y por la crítica y las denuncias de colectivos que han tratado de provocar que el ayuntamiento diera una salida digna a los habitantes del Pancho Camurria, el barrio 82 en crecimiento, donde residen casi cincuenta personas a la espera de una vida mejor.

Hablan del Centro de Acogida Municipal, conocido por el Albergue, como una solución, pero quien realmente conoce ese recurso sabe que no lo es, ya que se trata de un recurso asistencial puntual, que debería cumplir una función de apoyo en casos de emergencia, hasta que se tramitaran alternativas habitacionales dignas, porque la idea no es que los sintecho se alojen permanentemente, como pasa con muchos usuarios que llevan años pernoctando allí. Esa no es una solución que favorezca la evolución integradora del usuario, es un parche más. El ayuntamiento, en coordinación con la Consejería de Vivienda, debería tramitar la petición de vivienda social que garantice el derecho a la vivienda de los ciudadanos y que evite el aumento del sinhogarismo, activar las ayudas económicas y PEAS a nivel local y promover empleo.

Pero la responsabilidad no es sólo de la administración local. El Cabildo Insular, y el Gobierno de Canarias no han dejado de mirar para otro lado, ya que este albergue es el único recurso habilitado para la acogida de personas sin hogar, al que acuden las que no son atendidas en otros municipios. Esto ha provocado la masificación del albergue, el crecimiento de las chabolas y del número personas que pernoctan en los alrededores, haciendo que la atención a los colectivos más vulnerables, con mayores dificultades, sea insuficiente.

Por otro lado, en relación a la negación de la inscripción padronal, la administración local está reconociendo públicamente que incumple la Ley 7/1985, del 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que tras varias modificaciones y a través deResolución de 30 de enero de 2015, del presidente del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos, sobre la gestión del Padrón municipal. En el punto 2.3 Documentación acreditativa del domicilio de residencia, establece que:

"El Padrón es el registro administrativo que pretende reflejar el domicilio donde residen las personas que viven en España. Su objetivo es, por tanto, dejar constancia de un hecho, por lo que, en principio, no debe resultar distorsionado ni por los derechos que puedan o no corresponder al vecino para residir en ese domicilio, ni por los derechos que podrían derivarse de la expedición de una certificación acreditativa de aquel hecho."

Por ello, las facultades atribuidas al ayuntamiento en el artículo 59.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales para exigir la aportación de documentos a sus vecinos tienen como única finalidad «comprobar la veracidad de los datos consignados», como textualmente señala el propio artículo.

En concreto, la posibilidad de que el ayuntamiento solicite del vecino "el título que legitime la ocupación de la vivienda" (art. 59.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales) no atribuye a las Administraciones Locales ninguna competencia para juzgar cuestiones de propiedad, de arrendamientos urbanos o, en general, de naturaleza jurídico-privada, sino que tiene por única finalidad servir de elemento de prueba para acreditar que, efectivamente, el vecino habita en el domicilio que ha indicado.

Por lo que a este respecto interpelamos al alcalde de este municipio, el sr. José Manuel Bermúdez, para que regularice esta situación, ya que anteriormente se había pronunciado contrario a esta practica en el municipio, por lo que no entendemos como pueden los servicios sociales seguir políticas paralelas que se contradicen.