El Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife determinó el sobreseimiento provisional y el archivo de una denuncia interpuesta por agentes de la Unidad de Protección del Entorno Urbano (Proteu) de la Policía Local santacrucera contra una funcionaria del Ayuntamiento de la capital por no tramitar una treintena de denuncias realizadas por los agentes. Ese sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones fue planteado en un informe del Ministerio Fiscal.

De forma concreta, la acusación se realizó contra la jefa del Servicio de Gestión Medioambiental y Sanidad Municipal del consistorio por dejar prescribir "unas treinta denuncias formuladas por los dicentes, archivándolas o dejándolas en el cajón de forma intencionada".

Sin embargo, por parte del mencionado órgano judicial se practicaron las diligencias de averiguación que constan en autos para comprobar la comisión de la infracción penal denunciada.

En el primero de los casos, una denuncia "por realizar publicidad con animales directa e indirectamente en la vía pública y no tenerlo censado (papagayo)". La jueza expone en el auto del pasado 21 de septiembre que "el expediente sí fue tramitado". En dicho documento judicial se aclara que "el acta por la infracción administrativa se refiere exclusivamente a la no presentación de licencia municipal de inscripción en el censo municipal de animales de compañía (y no a la actividad publicitaria ni a la utilización del guacamayo en la misma; utilización, por lo demás, consistente únicamente en pasearlo por la calle)".

La titular del Juzgado número 4 de Santa Cruz determina que el Técnico Auxiliar Sanitario, con el visto bueno de la funcionaria denunciada, propuso el archivo del expediente, "por cuanto el Registro del Ayuntamiento no contempla el asiento del código de anillas de ave y algunas otras formas de identificación animal que no sea el microchip". Es decir, el ave está correctamente identificada, pero no está en dicho censo. El auto evidencia que en el citado expediente no existe indicio alguno de prevaricación ni activa ni omisiva.

Otras dos denuncias fueron interpuestas contra el propietario de un perro potencialmente peligroso, una por carecer de bozal y otra por no tener documentación. Sin embargo, el expediente no había sido archivado y, cuando se remitió por el Ayuntamiento, estaba pendiente de la notificación al ciudadano de la propuesta de sanción.

En otros 22 casos se denuncia a una única persona por dar de comer a palomas y otros animales. En el auto emitido por la jueza se afirma que, "del análisis de los expedientes relativos a las 22 actas por infracción administrativa referidas por los denunciantes, se desprende, en primer lugar, que varias continúan su tramitación ordinaria sin que se haya producido prescripción alguna". El texto indica que "sí se declaró la prescripción de algunas, pero ello fue por esperar a la tramitación en la Fiscalía de unas diligencias de investigación iniciadas" tras una denuncia interpuesta por el Ayuntamiento contra la persona que alimenta a las palomas y otros animales, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de desobediencia". Además, surgió la iniciativa de denunciar por parte del instructor del procedimiento en propuestas que contaban con el visto bueno de la funcionaria denunciada. Ante dichas circunstancias, la jueza señala que, "de lo anterior, no puede desprenderse la existencia de ningún comportamiento dolosamente arbitrario por parte ni de la imputada ni de ningún otro funcionario interviniente en los procedimientos sancionadores indicados".

denuncias en total fueron analizadas por la jueza y la conclusión expresada en un auto emitido el pasado día 21 es que por parte de la funcionaria municipal no hubo un comportamiento arbitrario.