El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la modificación de los Estatutos de la Fundación del Sector Público Estatal ''Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla'', una vez autorizada por Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, que permite la inclusión del Instituto Español de Oceanografía en el patronato de la Fundación, con el fin de proporcionar una mayor transparencia e independencia en el desarrollo de sus funciones públicas.

Las modificaciones estatutarias contemplan la adopción del nombre abreviado de la Fundación en ''Observatorio Ambiental Granadilla'', el cambio de su domicilio social y la integración del Instituto Español de Oceanografía como nuevo miembro del patronato de la Fundación.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN EUROPEA

La creación de la Fundación Observatorio Ambiental Granadilla tiene su origen en el dictamen de la Comisión Europea por el que se declaraban las razones imperiosas de interés público de la ejecución del Puerto de Granadilla y, asimismo, que se estableciera una fundación independiente y permanente antes de que comenzasen las obras para garantizar que este puerto se construyese y gestionase de manera respetuosa con el medio ambiente.

La Fundación colabora con los departamentos e instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y de otros archipiélagos macaronésicos, así como con las instituciones de la Administración del Estado con competencia en la conservación del medio marino, y con las entidades de carácter científico o conservacionista vinculadas al medio marino.

Entre sus áreas de actuación se encuentra el seguimiento de la biodiversidad marina, la evaluación del estado y conservación de las especies y hábitats, el repositorio de datos marinos, la detección de amenazas para la conservación y la propuesta de medidas de gestión, así como la interpretación y divulgación del medio marino.

La inclusión del Instituto Español de Oceanografía en la Fundación Observatorio Puerto Granadilla garantiza la independencia y la transparencia necesarias que requieren las fundaciones públicas de interés estatal en el cumplimiento de sus funciones y actividades de acuerdo a la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.