Desde hace tres meses, la banca aguarda con expectación la respuesta que debe dar la juez de lo Mercantil número 11 de Madrid a la macrodemanda interpuesta por 15.000 afectados por las cláusulas suelo, aunque muy consciente de que son muchas las posibilidades de que finalmente decida eliminarlas.

El pasado 24 de junio quedaba visto para sentencia el procedimiento abierto en 2010 a raíz de la demanda formulada por Adicae, que inicialmente se dirigió contra 101 entidades bancarias, que después quedaron en 35 fruto de los procesos de fusión.

De ellas, BBVA, Cajamar y Novacaixagalicia -hoy rebautizada como Abanca- y, posteriormente, Banesto y Barclays, dejaron de aplicar esta cláusula que impide a los hipotecados beneficiarse íntegramente de las rebajas del euríbor tras la sentencia del Supremo de 9 de mayo de 2013, que anuló todas aquellas que no cumplieran con los requisitos de transparencia.

Otro ejemplo reciente es Bankia, que ya ha eliminado este suelo en unas 30.000 hipotecas, lo que para la entidad no supone "un gran impacto", ya que solo representan entre un 3 % y un 4 % de su cartera de préstamos hipotecarios.

Las partes esperan de forma inminente un fallo, conscientes de que la juez Carmen González, que recientemente tumbó todos los recursos presentados por la banca contra el auto en el que rechazó varias cuestiones procesales planteados por los demandados, decida con casi toda probabilidad eliminarlas.

De hecho, CaixaBank ya se ha adelantado al pronunciamiento de la magistrada y anunció el viernes que erradicará todas las cláusulas suelo de los contratos de sus clientes particulares, una decisión que afectará a unas 200.000 de las 1,3 millones de hipotecas que tiene activas.

Por el contrario, otras entidades como Popular o Sabadell se resisten a hacerlo, al igual que otros bancos de menor tamaño como BMN, Ibercaja o Unicaja.

Ahora, la gran duda radica en si, una vez eliminadas, las entidades deberán devolver con carácter retroactivo todas las cantidades que han cobrado de más y no desde el día en el que el Supremo dictó su famosa sentencia, tal y como el Alto Tribunal especificó en una aclaración a la misma el pasado mayo.

Y es que desde entonces, los tribunales españoles han fallado de manera muy dispar, de forma que algunos han ordenado la restitución de todo el dinero desde la firma misma del contrato, aunque fuese anterior al 9 de mayo de 2013, y otros se han ajustado al criterio del Supremo.

Tal ha sido la controversia que el asunto está ya en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al que varias Audiencias Provinciales, como la de Alicante, Álava o Zamora, han consultado para que se pronuncie con celeridad si los afectados deben recuperar todo o parte de su dinero.

Fuentes jurídicas consultadas por Efe se muestran optimistas con la decisión que debe tomar la Justicia Europea, y sostienen que dada la normativa comunitaria y la propia doctrina del TJUE en materia de protección de los consumidores, declarará la retroactividad.