El 26 de marzo pasado fue aprobada la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Candelaria con el informe contrario del secretario de la corporación.

La Viceconsejería de Administración Pública advierte ahora al gobierno municipal de la impugnación de dicho acuerdo por presuntas irregularidades, centradas en determinados complementos específicos a la plantilla de la Policía Local, la diferencia entre los 390 empleos que configura la RPT y los 190 que aparecen en el Presupuesto General del ayuntamiento, o en la asignación de puestos a personal laboral que le corresponderían a funcionarios, entre otras cuestiones. Finalmente, el acuerdo plenario de referencia será anulado por el pleno el miércoles, si se respeta la decisión unánime de la comisión informativa celebrada ayer.

En cualquier caso, este asunto terminará en manos de la Fiscalía y habrá concejales, como José Fernando Gómez (Vecinos por Candelaria), que demandarán responsabilidades patrimoniales a los responsables políticos de esta situación. Especialmente, en el caso del gerente municipal, Juan José Acosta de León, quien estaría afectado por las irregularidades señaladas por Función Pública, tras ocho años en esta administración.

La supresión de 20 puestos de trabajo de funcionarios y la creación de otros tantos como personal laboral denominados "gestores" es, a juicio del secretario, "una vulneración de la legalidad".

Carlos Sabina, concejal de Personal, defendió que la actuación del gobierno municipal no estará de espaldas a la legalidad, por lo que comprometió el trabajo para dar garantías al personal y a la institución.

La decisión de la Viceconsejería de Administración Pública coincide, en gran parte, con la advertencia de ilegalidad que hizo el secretario del consistorio en el momento de aprobar este expediente.

Por ello, desde la oposición se reclama "que alguien asuma responsabilidades y que alguien dimita", teniendo en cuenta que en el grupo de gobierno actual (PSOE-CC) hay concejales socialistas que votaron la Relación de Puestos de Trabajo susceptible de ser impugnada.