Es conveniente a veces darles a las cosas el nombre que tienen, el de toda la vida. No es que me parezca mal, por ejemplo, que al antiguo practicante se le denomine ahora ayudante técnico sanitario, pero está claro que saliendo de los ámbitos ciudadanos el practicante sigue poniendo las inyecciones a los vecinos, no el ATS.

Viene el comentario anterior a cuenta de lo que se está fraguando en la Consejería de Economía del Gobierno canario, relacionado con el impuesto de sucesiones y donaciones. Este impuesto, totalmente absurdo en mi opinión, castiga al contribuyente canario -en otras autonomías del Estado ya está abolido- a pagar al erario un porcentaje bastante elevado sobre el importe de la herencia -o la donación- en litigio. El heredero, más aún en esta crisis que llevamos ya casi ocho años soportando, opta por la solución más lógica y que menos quebraderos de cabeza le provoca, esto es, renunciar a ella, partiendo de una verdad incontrovertible: ya los bienes heredados han pagado con anterioridad impuestos y gravámenes importantes, por lo que se trataría de un doble pago tributario. Ante esto, no sé cómo el Gobierno anterior se permitió saltarse a la torera el espíritu de la ley, conculcar las recomendaciones de la UE y llegar a la situación denunciada ahora por la consejera de Hacienda: desde 2007 a 2014 cinco mil canarios renunciaron a sus herencias. Muchos de ellos, esto lo digo yo, supongo que con gran dolor de su alma, pues entre los bienes legados se hallarían con toda seguridad propiedades y objetos con gran valor sentimental.

Visto lo expuesto, resulta totalmente lógica la medida que se va a incluir en el presupuesto de la comunidad para el próximo año -dejar el impuesto en un 1%, más que nada como valor testimonial y estadístico-, pero ya no me parecen tan lógicas las posturas de Nueva Canarias y Podemos, que apoyan, eso sí, la medida propuesta, pero si se beneficia solo a las rentas bajas. Dicho con un ejemplo, como habrá que fijar un tope, si un señor deja una herencia de diez millones euros tendrá que j... y pagar el gravamen correspondiente, pero si el valor de lo heredado solo llega a los 9.999.999 de euros el impuesto devengado solo será del 1%.

Esta apreciación tan subjetiva de los partidos políticos mencionados clama al cielo. Quiere ello decir que si un bisabuelo, o un abuelo, se rompió el lomo trabajando como un c..., que si el padre continuó la trayectoria de sus antepasados y cumplió sus obligaciones con el mismo espíritu, los herederos de este último, si las circunstancias de la vida no les han ayudado -o, simplemente, la crisis se los ha impedido-, es posible que se vean obligados a malvender sus propiedades; o renunciar a ellas, como han hecho esos más de 5.000 canarios.

A veces creo que nuestra Constitución es papel mojado para muchos, sobre todo para quienes no tienen nada; ni siquiera, como suele decirse, donde caerse muertos. Sin embargo, el texto de aquella lo establece con claridad: los españoles somos todos iguales, de modo que tenemos los mismos derechos y obligaciones. No vale eso de cobrarme a mí el 20% porque mis bienes son mayores que los tuyos, y en cambio a ti, porque vives de alquiler, cobrarte solo el 1%; eso se llama la ley del embudo. Es como si el impuesto que grava las bebidas alcohólicas fuese menor para el vino y la cerveza -por su popularidad- que para el güisqui o la ginebra. Lo lógico es que cada palo aguante su vela.