El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife considera en una reciente sentencia que el Ayuntamiento de Icod de los Vinos lesionó el derecho a la libertad sindical al retirar, de forma injusta, la condición de delegado sindical del Stap al funcionario Justo Caridad Pulido. Se da la circunstancia de que este empleado municipal ha presentado más de 12 denuncias contra el exalcalde, Juan José Dorta (PSOE), y otros ediles. En diciembre de 2014, este trabajador fue sancionado con 24 meses de suspensión de empleo y sueldo. Una sanción que fue suspendida cautelarmente por este mismo juzgado en mayo de 2015.

Apenas un mes después de que la justicia obligara al Ayuntamiento de Icod a readmitir cautelarmente a Caridad, el 10 de junio de 2015 el gobierno saliente del PSOE aprobó la resolución, ahora anulada, que retiró la condición de delegado sindical a este mismo funcionario.

La sentencia estima parcialmente el recurso de Caridad y el Stap, ya que no acepta la petición de una indemnización de 60.000 euros, y subraya que la resolución de la Concejalía de Hacienda, Personal, Régimen Jurídico e Interior que quiso retirar la condición de delegado sindical de Caridad fue "lesiva del derecho a la libertad sindical" y reconoce el derecho de este funcionario de "disfrutar de los derechos inherentes a su condición de representante sindical".

El Ayuntamiento icodense quiso justificar la retirada de esta representación sindical porque su plantilla es inferior a 250 trabajadores y porque Caridad no es miembro de la Junta de Personal.

El Stap, que tiene una amplia representación en el Ayuntamiento de Icod, sale en defensa de los delegados de esta organización que "sufren años de acoso y persecución desde la Secretaría municipal, con la complicidad de la corporación, con el objetivo de intentar cercenar su valentía por denunciar tanta corrupción".

"Esta nueva sentencia reconoce a uno de nuestros delegados sindicales, perseguido por el gobierno socialista anterior y también ahora por el gobierno de CC, con la complicidad de los técnicos asesores de siempre", señala el Stap. A juicio de este sindicato, el único objetivo de esta actuación era "apartar a quién no sigue sumisamente la turbia y antidemocrática gestión en materia de personal".

"La sentencia deja clara la vulneración de derechos fundamentales en materia de libertad sindical y representación de este delegado del Stap, que coincide con la campaña de persecución que sufren igualmente los restantes delegados por oponerse a las resoluciones e imposiciones contrarias a derecho en este consistorio. Y tratan de sobrevivir, como pueden, en ese ambiente hostil", lamenta el sindicato.

Para el Stap, la sentencia "abre la vía a la reclamación patrimonial por daños, y garantiza la nulidad de cualquier acuerdo que se haya producido sin la presencia de nuestros delegados".

la clave

El funcionario afectado por esta sentencia es el mismo que ha denunciado en más de una docena de ocasiones al exalcalde de Icod Juan J. Dorta (PSOE) y otros ediles. En diciembre de 2014, este trabajador fue sancionado con 24 meses de suspensión de empleo y sueldo, por no fichar y unas presuntas faltas injustificadas, y en junio de 2015 se le retiró la condición de delegado sindical del Stap. La primera sanción fue anulada cautelarmente en mayo de 2015.