La sala seis del Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife acogerá hoy la reanudación del juicio del caso Edén o caso Arona, que desarrolla la Sección Sexta de la Audiencia Provincial. La programación refleja que la de hoy será la única sesión de esta semana y la previa al comienzo de la escucha en sala de las grabaciones de conversaciones intervenidas entre los acusados y con otros, algo que tendrá lugar a partir del día 28.

La reanudación del juicio coincide con la presentación del recurso por parte de Antonio Sosa, exconcejal condenado a ocho años y medio de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa continuada en el marco de la primera de las cuatro piezas separadas de este caso.

Sosa indica que de los tres delitos que le imputaban, el tribunal resolvió su absolución de dos de ellos, "aunque me condena por un delito de prevaricación administrativa continuada tras considerar contrarios a la legalidad varios contratos menores que se realizaron en el área que gestionaba durante mi etapa en el gobierno de Arona".

El exconcejal de CC aclaró que esta sentencia "no implica la consideración de que haya habido por mi parte una actuación relacionada con la corrupción, porque no ha habido beneficio personal de ninguna clase, sino que se trata de una cuestión puramente administrativa".

Al tiempo de señalar que "respeto profundamente la labor de los órganos judiciales (...), debo mostrar mi desacuerdo a la decisión de este tribunal".

Tal desacuerdo lo sustenta en que los contratos a los que se refiere la sentencia "son menores, tal y como expresamos durante la intervención de nuestra defensa, de actividades que eran necesarias para el desarrollo de la normal actividad del área que gestionaba (en este caso, Medio Ambiente), sin que se haya producido fraccionamiento en la contratación de los mismos".

Asimismo, Antonio Sosa manifiesta que "esta interpretación queda constatada por los técnicos del ayuntamiento, que no emitieron ningún informe negativo en relación a estas contrataciones (no hay reparos ni advertencias de ilegalidad), entendiendo que toda la actividad administrativa relacionada con ellas se había realizado de acuerdo a derecho".

La sentencia "se basa en las escuchas telefónicas realizadas al entonces alcalde, José Alberto González Reverón, en las que expresa una opinión contraria a esta contratación, opinión que bajo ningún concepto está respaldada por el criterio de los técnicos de las áreas municipales implicadas en esta cuestión. Por estos motivos, y reiterando mi absoluto respeto a los tribunales de justicia (...) entiendo que se trata de una decisión injusta".