La Sección Segunda de la Audiencia Provincial condenó al empresario Francisco Javier del Rosario a tres años de prisión, multa de 18 meses con cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas de multa impagadas, inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con la actividad industrial durante dos años e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. También ordena la adopción, a cargo del condenado, de las medidas encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado por las canteras denominadas Llanos II y El Fregenal.

Francisco del Rosario fue el único de los cuatro empresarios juzgados por la extracción de áridos en Güímar que no participó en un acuerdo que evitó la cárcel a los tres restantes.

Contrariamente a lo que defendió el ahora condenado, el tribunal consideró probado que, "si bien figuraba empleado como personal administrativo" de Áridos del Atlántico, "siendo administrador único Miguel Reyes Rodríguez, en realidad era el encartado quien asumía las facultades organizativas y decisorias de la actividad empresarial" y quien la representaba.

La Audiencia señala como probado que dicha empresa contaba con canteras en los parajes conocidos como Llano Grande y el barranco de El Fregenal "operando de manera continua y sin cobertura legal, por no contar con la totalidad de los títulos que legitiman estas actuaciones". Es más, Áridos del Atlántico prosiguió las actividades de extracción y tratamiento de áridos a pesar de los requerimientos de suspensión o paralización.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.