El grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane trata de evitar la inhabilitación de la trabajadora condenada hace un año por la falsificación probada de un documento público durante la instalación de una oficina de información turística en la zona de Puerto de Naos, caso por el que, por el contrario, se absolvió a su jefe en aquel momento, el exalcalde Juan Ramón Rodríguez Marín (CC), y ha solicitado a Función Pública que aclare si la afectada puede ser trasladada a otro puesto de trabajo, sin necesidad de dejar de pertenecer a la plantilla municipal.

El gobierno aridanense, formado por la minoría del Partido Popular, ha ido ganando tiempo todo lo que ha podido durante los últimos doce meses para evitar que la técnico afectada perdiera su trabajo. Incluso, con anterioridad a pedir información a Función Pública, se dirigió a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife solicitando aclaración de sentencia, a pesar de que la misma estaba bastante clara, tal y como ya ha ocurrido en otros casos similares en los que el ayuntamiento ha optado por la misma estrategia.

La corporación defiende que la inhabilitación especial ordenada por el juez podría ser sustituida por una movilidad laboral, alejada de sus actuales funciones, una tesis que fue expuesta por la propia alcaldesa, Noelia García, en junta de portavoces y que en principio cuenta con el visto bueno del resto de formaciones con representación municipal, Coalición Canaria, Partido Socialista e Izquierda Unida.

La Sala absolvió al exalcalde al entender que "no consta que conociera el exacto grado de ejecución de las obras" cuando decidió firmar la recepción de las mismas sin que aún estuvieran acabadas. La resolución judicial dice textualmente que "no puede afirmarse que fuera (Marín) consciente de esta alteración de la realidad, por lo que debe excluirse el dolo falsario".

Por tanto, la culpa recayó en la técnico que firmó el documento de recepción de la obra sin que hubiera estado acabada, a pesar de que "conocía el estado real" de esta actuación. Era consciente "de la falta de veracidad de la declaración que contiene el acta de recepción e incluso defendió este tipo de prácticas como conducta dirigida a evitar el perjuicio que puede producir el retraso en la ejecución de las obras públicas subvencionadas, por pérdida de esta contribución económica en los supuestos de incumplimiento del plazo", según se recoge en la resolución.

En concreto, el juez impuso a la trabajadora una pena de prisión de un año y seis meses y la inhabilitó para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de esta condena, además de no poder desempeñar en un año su puesto ni obtener otros análogos en la Administración Pública, con una multa de tres meses con una cuota al día de diez euros y el pago de las costas del proceso judicial.

Los trabajadores municipales han presentado además un documento de apoyo a la técnico afectada, que ahora está en manos de Función Pública.

LOs llanos de aridane

La sentencia absolvió al exalcalde

La sentencia por la oficina de turismo en Puerto de Naos no solo condenó a la trabajadora municipal. Absolvió a Marín por no ser consciente, a juicio de la Sala, de lo ocurrido, aunque el exalcalde había declarado públicamente que "lo que se hizo fue salvar una inversión subvencionada en beneficio de Los Llanos de Aridane". Pero, por el contrario, el juez condenó como cooperadora necesaria para un delito de falsedad en documento público a la representante de la empresa que suministró la oficina, "que era consciente también de la falsedad de esta declaración, puesto que perfectamente conocía el estado de las obras, parcialmente ejecutadas". La pena fue de 9 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de esta condena y multa de 45 días, con una cuota al día de diez euros. Tampoco pudo trabajar para la administración.